28 abril, 2024

Organizaciones no gubernamentales

Las organizaciones de la sociedad civil (OSC), también conocidas como organizaciones no gubernamentales, por sus siglas, ONG, son entidades de carácter público con diferentes fines y objetivos, humanitarios y sociales, muy bien definidos por sus integrantes. Han sido creadas independientemente, en algunos casos por gobiernos locales, regionales o nacionales, así como también por parte de organismos internacionales, entes o personas privadas que se agrupan u organizan alrededor de una causa de interés público o bienestar común.

Las ONG tienen radio de acción desde una escala local a una internacional. Cubren gran variedad de ámbitos que definen su trabajo y su desarrollo. Están relacionadas con derechos humanos, ayuda humanitaria, salud publica, desarrollo económico, educación, cultura, medioambiente y otros fines que persiguen o coadyuvan al bien común. No tratan de reemplazar las acciones de los Estados u organismos internacionales, sino de ayudar en aquellas áreas en las cuales no existen, no alcanzan a atender todas las necesidades o no lo pueden hacer suficientemente bien.

Voltaire

“Estoy en desacuerdo con lo que dices, pero defenderé hasta la muerte tu derecho a decirlo”, frase atribuida a François Marie Arouet, más conocido como Voltaire, filosofo, historiador, prolífico escritor francés que figura como uno de los principales representantes de la Ilustración, período que enfatizó el poder de la razón humana, de la ciencia, el respeto de las libertades y los derechos del hombre.

Los estudiosos de los escritos y abundante obra de Voltaire no encuentran esa frase en ninguno de sus escritos. Apareció publicada por primera vez en 1906 en la obra Los amigos de Voltaire, de la inglesa Evelyn Beatrice Hall, con el seudónimo de S. G. Tallentyre, quien se la imputa a Voltaire, como una merecida ilustración y síntesis de las creencias de este famoso personaje.

Error Histórico

No participar en el Contencioso de La Haya que el Perú ha entablado contra Chile es un error histórico de posibles graves consecuencias para los intereses de nuestro país. La Cancillería ecuatoriana se equivoca al seguir el juego a los deseos y planteamientos de la del Rímac.

El presidente peruano Bustamante y Rivero, mediante Decreto Supremo 781 del 1.° agosto de 1947, estableció que la soberanía marítima se fijaba “siguiendo la línea de los paralelos geográficos”. La Resolución Suprema 23 del Gobierno de Manuel Odría, en 1955, reiteró lo anterior, que la soberanía marítima peruana estaba limitada “por una línea paralela a la costa peruana y a una distancia constante de esta, de 200 millas náuticas. De conformidad, con el inciso IV de la Declaración de Santiago, dicha línea no podrá sobrepasar a la del paralelo correspondiente al punto en que llega al mar la frontera del Perú”. En Nota Diplomática del 5 de Agosto de 1968, el Perú reconoce a Chile “las marcas de enfilación que materialicen el paralelo de la frontera marítima”.

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