8 diciembre, 2024

Injusticia: De fiscales a jueces

Es  cuando  la  justicia está aherrojada, encarcelada, prisionera el momento  preciso  para que algún tipo de despotismo o  cualquier dictadura, emerja como prioridad  de gestión  en el ámbito  de las relaciones sociales. Y es también cuando el  populismo fascista, de izquierda o derecha, muestra su  verdadero rostro de sistema  de ejecución  discrecional  del liderazgo  gubernamental. Nada puede escapar, entonces, a la orden de la prepotencia… Que sea  ficción o realidad la causa de una u otra determinación  de culpa es secundario.  Que existan las evidencias suficientes y necesarias  para aquilatar  una sospecha  también es secundario. Lo meritorio para promover una injusticia, legalmente alambicada, tal que  aparente  necesidad social de procesarla, es, antes que nada, la imposición de la palabra autoritaria…Y, por supuesto, el aparataje formal de la justicia  especialmente evidencias, testigos, fiscales y jueces, convocados  con mucha  diligencia legalista,  listos a cumplir el acto delictivo de la injusticia!  O SEA,  LA JUSTICIA INSTRUMENTALIZADA PARA CUMPLIR  CON LA INJUSTICIA DEL AUTORITARISMO… ESO DE “METERLE LA MANO A LA JUSTICIA”, TAL CUAL ES EL  DELIRIO BÁSICO DE TODA TIRANÍA, ES TAMBIÉN  EL PRINCIPIO DEL FIN DE  TODA DEMOCRACIA…   

Los sucesos  actuales de Venezuela después de 15 años  de  fraudes electorales continuos, de la persecución, cárcel y hasta muerte de quienes  son opositores, de  la corrupción a nivel  de institución gubernamental  gritan, más que hablan,  de  una justicia subordinada, avasallada, sometida a un régimen  totalitario… LAS DENUNCIAS DEL EXFISCAL FRANKLIN NIEVES  DECLARAN  AL SISTEMA JUDICIAL  VENEZOLANO UNA CLOACA DE MIL PUTREFACCIONES. Para  el chavismo, que, como todos los fascismos,  no es más que  una argolla de aventureros, solo  le ha importado  hasta hoy  mostrar hacia fuera  una pantalla de formalidad democrática  y cubrir las apariencias, con las falsas preocupaciones de los problemas sociales. La verdad de las cosas exhibe  algo más que una simple miseria humana… Conlleva en su vivencia  una  patología  exacerbada  de la megalomanía del poder, que no acepta una mínima observación, peor un comentario de  error…

 

¿Cómo será  el infame proceder de la justicia  que el mismo fiscal  Nieves  tuvo que huir  al saber en peligro su vida  y la de su familia? ¿Acaso no ayudó para inculpar a Leopoldo López  falsificado e inventando pruebas, evidencias y testimonios  que criminalmente lo  condenen? ¿No es que toda esta falsedad de documentos  servirían  para  que la juez   Susana Barreiros,  ya en arreglos  con coima pagada en su beneficio, sentenciara a López? ¿Cómo será  el infame proceder de la justicia, insistimos, en que  las  autoridades, como Diosdado Cabello o Nicolás Maduro, que fungen, por apropiación indebida, de funciones  de Presidente del Congreso  el uno y el  otro de Presidente del país,  se encargan  hasta de hacer las boletas de encarcelamiento? Queda claro, con semejante acción tan despreciable, imposible de  aceptar,  en calidad de válida, jurídica y socialmente,  la acción de  culpabilidad y cárcel  para  los otros  opositores  al gobierno corrupto de Maduro  y Diosdado Cabello. DE HECHO,  UN GOBIERNO DE FARSANTES  TIENE  CONVERTIDA  LA JUSTICIA EN UNA FARSA!

 

Y ESTE ES EL MISMO CAMINO QUE  ESTÁ DISEÑADO PARA TODOS LOS  GOBIERNOS  QUE INTEGRAN  ESA  MESCOLANZA IDEOLÓGICA, RECICLAJE DE LAS BASURAS POLÍTICAS TRADICIONALES, LLAMADA  SOCIALISMO DEL SIGLO XXI. ¿Qué tanto en Ecuador, nuestro país, la presencia de la corrupción  de la justicia  cada vez  es más notoria?. Para muchos, y es cuestión de  seguir un poco las redes sociales, no hay derechos humanos  a  los cuales recurrir  ante una Constitución  marginada  de la práctica de  la vida cotidiana… Algo que coloca, siendo así, de facto en  indefensión,  a  sus ciudadanos… Por manifestarse  en contra de  los errores  sociales, económicos, políticos  del gobierno,  la respuesta ha sido no la corrección, sino  el atropello, la persecución y cárcel… Según el  Fiscal Chiriboga en las movilizaciones de agosto, 2015 hubo, por ejemplo,  92 procesados  de los que 58 tuvieron prisión preventiva… por “paralización de servicios públicos” o “por sublevación a la autoridad”, aunque  en la mayoría  por “presunción”. O sea  el gobierno no respetó los derechos de libertad, tal cual ordena el Art. 66 que quien quiera puede  divulgar sus opiniones  en “todas sus formas y manifestaciones”. EN OTRAS PALABRAS, LAS MANIFESTACIONES, MOVILIZACIONES Y  OPINIONES  EN CONTRA DEL  GOBIERNO  ESTÁN CRIMINALIZADAS  Y SON OBJETO DE  JUICIOS Y CONDENAS…
Más grave es, por supuesto,  el hostigamiento  a las comunidades indígenas  al  incriminar a sus pobladores y líderes  de desestabilizadores  de la sociedad. ¿Razón?   Por protestar  contra el abuso gubernamental de  convenir con empresas extranjeras,  para explotar sus recursos naturales,  en sus territorios  patrimoniales. Violación constitucional, por demás  cínica, del Cap. 4to. sobre “Los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades”, con visos de  discriminación por racismo… EL RESULTADO, EN TODOS LOS CASOS,  HA SIDO MALTRATO, PERSECUCIÓN, ENJUICIAMIENTO Y CÁRCEL… POR CIERTO, MUY SEMEJANTE A VENEZUELA  CON PRUEBAS FALSAS Y FORJADAS,  SEGÚN LAS CONVENIENCIAS… Hechos que sin  fiscales y jueces amarrados al ovillo de una corrupción  institucionalizada  fuera casi imposible realizarlos… No por gusto informa  el  periódico Le Monde de Francia: “ EN ECUADOR REINA LA ARBITRARIEDAD…”.

Artículos relacionados

¡Sin fines de lucro!

“Cuando la diferencia entre lo ganado y lo gastado es positiva, se llama lucro. Cuando es negativa se llama pérdida. La palabra lucro proviene del latín lucrum que significa ganancia”, dice el diccionario en internet.

En Derecho, se denomina lucro a la intención de una persona de incrementar su patrimonio mediante un acto jurídico legal o ilegal. Para otros es la “ganancia o provecho que se obtiene de una actividad o negocio”.

Lo que hoy preocupa y enormemente es que el Ministro de Educación reitere que en la propuesta de ley que envió a la Asamblea para su aprobación se deslice como si nada el siguiente texto al final del artículo 41: “las instituciones educativas particulares no tendrán fines de lucro bajo ninguna circunstancia o condición, debiendo reinvertir los excedentes de la gestión financiera en la propia institución o en proyectos educativos de responsabilidad social debidamente autorizados por la autoridad educativa nacional a través de sus instancias desconcentradas”.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

×