26 abril, 2024

Popurri Constituyente

Comenzó el mes de abril del año en curso y no sabemos más que rumores –casi en la categoría de chismes- sobre el contenido de lo que será la Constitución Política que nos darán los de la revolución ciudadana. Entre Dayuma, amnistías, indultos, mandatos, leyes, plenos poderes, cámaras escondidas y fotos con guerrilleros, el tiempo ha discurrido siempre a favor de Alianza País y su proyecto político. Como son mayoría, y ostentan el poder, en un país como Ecuador (donde el propio presidente de la Corte Suprema de Justicia dice que vivimos en un medio Estado de Derecho), eso es como una autocracia. Antes con la denominada partidocracia, ahora, con el correísmo.

Los debates de diminuto contenido no han faltado en este tiempo de constituyente. Todos ellos transmitidos por un canal fondeado con dineros del Estado, pero que a pesar de ello no es televisión pública sino herramienta mediática e ideológica del régimen. ¿Cuáles son las novedades de la Administración Pública Central en materia constitucional? Más allá del matrimonio entre homosexuales, el aborto a diestra y siniestra, y si la palabra “Dios” va o no en el preámbulo, seguimos sin saber cómo elegiremos a nuestros representantes políticos; seguimos sin saber si se mantendrá el sistema de administración política centralizada -disfrazada de descentralización- e ignoramos otros temas de esencial pertenencia constitucional.

El trauma del Ecuador, una vez de vuelta a la vida democrática, fue el Régimen de Partidos Políticos que como fiel hijo del Plan de Reestructuración Jurídica del Estado, nació sin visión de permanencia. No lo visionaron así sus autores, quienes a pesar de alumbrar un plan maltrecho, paradójicamente dominaron la escena política nacional junto a uno que otro advenedizo sea de derecha o de izquierda. Elegir en planchas de candidatos, con votaciones universales, desconociendo a los futuros elegidos para el rol político, todo esto desgastó el añejo mecanismo de representación nacional. Cualquier partido puede tener y tiene en la actualidad ideología, programa de gobierno (las fotocopiadoras lo facilitan todo) y estructura nacional (si a esto llamamos a empleados que viven del clientelismo político); pero lo que no todo partido puede tener es aceptación del electorado y esa adhesión se define por la cercanía del candidato de tal o cual partido a su pueblo, a su barrio, a sus vecinos. Aquí no entendemos eso y nuestros constituyentes trabajan en función nacional, como si lo nacional no fuere suma de las localidades. Alianza País cree que está creando una república de la nada, como si el Ecuador no fuere un país en marcha por ya casi 200 años.

Nada de esto se ha debatido. Nos espera otra constitución – herramienta ideológica, sin que su redacción soporte las veleidades de las pasiones humanas en el tiempo. Mañana ganará la derecha las elecciones (sin que decirles derecha signifique que sean liberales, porque no lo son) y otra constituyente se tendrá que celebrar. Lo damos por hecho.

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Reflexión

Me preocupa la irreflexiva, irresponsable y fanática perorata de nuestro Presidente en contra de las autoridades de la Iglesia Católica por tratar (la iglesia) de defender la moral del país en temas tan tristes para la Patria como los derechos de las minorías sexuales al escándalo (ya que la libertad de llevar su vida PRIVADA como quieran, la han tenido toda la vida) o la prevalencia del derecho de la mujer sobre su cuerpo, sobre el derecho de los más débiles, los no nacidos, a vivir…

¿Sexo Genérica?

La disposición transitoria sexta de la Constitución determina que “Los consejos
nacionales de niñez y adolescencia, discapacidades, mujeres, pueblos y
nacionalidades indígenas, afroecuatorianos y montubios, se constituirán en
consejos nacionales para la igualdad,…” Posteriormente, se creó
una “Comisión de Transición para la definición de la institucionalidad pública
que garantice la igualdad entre hombres y mujeres”, y ésta, hace poco
presentó a la Asamblea Nacional, un proyecto de “Ley de Igualdad entre
mujeres y hombres y personas de diversa condición sexo-genérica”.

La igualdad entre hombres y mujeres (independientemente de sus preferencias u
orientaciones sexuales), es un derecho humano fundamental, y la Constitución
y los convenios internacionales así lo obligan.

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