29 abril, 2024

Yo, el supremo

En distintas etapas de la historia, la mayoría de nuestros países han tenido que soportar a dictadores, con sus abusos, excentricidades, veleidades y truculencias. Uno de ellos es el Doctor José Gaspar Rodríguez de Francia, Dictador Perpetuo (El Supremo), quien gobernó Paraguay desde 1816 hasta 1840. El escritor paraguayo Augusto Roa Bastos (1917-2005) en su obra Yo el Supremo reflexiona sobre Rodríguez de Francia: “Él es la figura totémica de la novela, un hombre dedicado a la redacción de un interminable documento público, la Circular Perpetua, y cuyo contrapunto encontramos en Patiño, su no siempre fidedigno secretario. La relación del Doctor Francia con aduladores, intrigantes, súbditos y gobiernos vecinos fructifica en un torrente oral y textual que aspira a instituirse como poder absoluto encarnado en el verbo único”.

En nuestro país estamos viviendo el “poder absoluto encarnado en el verbo único” del Presidente Correa, cada vez hace esfuerzos por tensar más la cuerda de la democracia, ahora le tocó a los militares.

El Presidente Correa que había ordenado, a través del Ministro de Defensa, que se instaure un Consejo de Disciplina en contra del Capitán Edwin Ortega, para que sea sancionado por supuestos insultos hechos al Presidente a través de una carta, en contestación a la enviada por el Jefe de Estado al correo electrónico personal de Ortega. El Consejo de Disciplina Inadmitió la acusación al Capitán. Frente a la decisión de los miembros de dicho Consejo, Correa de inmediato planteó un recurso de protección, sosteniendo que la inadmisión vulneró su “derecho constitucional a la seguridad jurídica”, pidiendo “que se ratifique que el Presidente de la República es la Máxima Autoridad de las Fuerzas Armadas, Superior Militar y Jerárquico, correspondiéndole el primer escalón de mando, según ordena el numeral 16 del artículo 147 de la Constitución, y artículo 3 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional y que, por lo tanto, constituye una Autoridad Superior de cualquier miembro de Fuerzas Armadas”.

Ratificar, según la RAE, es: “confirmar la validez o la verdad de una cosa que se ha dicho o se ha hecho anteriormente”.

La jueza, lo único que debía “ratificar”, sin ninguna discusión, lo que establece la Constitución en su “Art. 147.- Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de los que determine la ley”.  El numeral 16, dice: “Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y designar a los integrantes del alto mando militar y policial”.

De ahí que se “ratifique” que es “Superior Militar y Jerárquico, correspondiéndole el primer escalón de mando”, no tiene el menor sentido de la razón, un lego en derecho lo rechazaría ipso facto, solamente vale recordar que en el campo del derecho público no se puede hacer sino aquello que está expresamente permitido por la Ley.

Frente a esta pretendida agresión al derecho y a la razón, me permito recordar uno de los considerandos de la Ley Orgánica del Servicio Público:

“De conformidad con lo establecido en los artículos 160, 170 y 181 numeral 3 de la Constitución de la República, los miembros activos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional y el personal de carrera judicial se regirán en lo previsto en dichas disposiciones por sus leyes específicas y subsidiariamente por esta ley en lo que fuere aplicable”.

La Ley Orgánica de la Defensa Nacional, en su Art. 3.- dice: “El Presidente de la República es la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y ejerce tales funciones de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de la República y más leyes pertinentes. Sus funciones constitucionales, en los aspectos político-administrativos, las implementará a través del Ministerio de Defensa Nacional; y, en los aspectos militar-estratégicos, con el Comando Conjunto, sin perjuicio de que las ejerza directamente.

Para que se considere que el Presidente es “Superior Militar y Jerárquico, correspondiéndole el primer escalón de mando”, habría que reformar la Constitución, (podría ser en formas inmediata a través de una enmienda) y la Ley de Personal de las FF.AA. que en su Art. 29.-  dice: “Superior militar es quien tiene mayor grado o antigüedad, con respecto a otro, entre los miembros de las Fuerzas Armadas.”; en consecuencia, a los grados de General de Ejército, Almirante, General del Aire, que son los de mayor jerarquía de las tres Fuerzas. El Presidente para que se constituya en “el primer escalón de mando”, habría que crear el grado de Mariscal de Campo como Idi Amín Dada, Capitán General como Augusto Pinochet o como Francisco Franco, Generalísimo “Por la gracia de Dios”.

Vale la pena recordar que de todas las constituciones, sólo la de 1967, en el Art. 251, establecía que “El Presidente de la República es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas”.

Por último, un anuncio importante, el secretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera, hizo conocer que el Presidente Correa no pedirá reparación económica por la supuesta vulneración de sus derechos. Imaginémonos el Capitán Edwin Ortega obligado a pagar 40 millones de dólares.

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