29 abril, 2024

La píldora del "Asesinato" del día después (II)

Por creernos ser un país de inmensa connotación en relación a la no permisible inviolabilidad de
la vida, que por cierto es un derecho consagrado históricamente en todas nuestras anteriores
constituciones, pero que sin embargo la actual constitución reformada en Montecristi; de la
cual me reservo el derecho de disentir con el aberrante criterio de ciertos sectores, y por sobre
todo, por su oscuro, falaz y tramposo contenido, por decirlo de alguna manera, a través de
contradictorios contenidos de algunos de sus artículos e intencionalmente ocultos en otros mas y
en diferentes capítulos, respecto del tema que nos ocupa, reitero mi absoluto rechazo por cuanto
dichos enunciados son expresamente contrarios a la preservación de la vida, y de cuya redacción
se desprende dicho ocultamiento intencional de no preservar ese derecho a la vida desde la
concepción.

El derecho internacional respecto de la inviolabilidad de la vida, incluido el aborto, salvo
ciertas excepciones y según los legisladores de cada país, consideran que aquel es un derecho
objetivamente claro en sus conceptos, aun en países donde se establece la pena de muerte, donde
se castiga a través de diferentes métodos a quien ha incurrido precisamente en violentarlos.
Aquello, definitivamente no lo comparto. Además, ese mandato que es la prohibición a la pena de
muerte, se reitera y se consagra precisamente en nuestra actual constitución. Por tanto, y por su
pluralidad internacional, bien se puede tipificar al aborto como “crimen de lesa humanidad”.

Considero que aquello relacionado con la pena de muerte es un absurdo, así como absurda es
la antagónica conducta de ciertos seres humanos respecto de no aceptar la criminal acción de
asesinar a un niño dentro del vientre materno como una flagrante violación a los derechos ajenos;
por más pequeño que este sea, por mas indefenso que este sea, y por cualesquier descabellado
criterio o argumento manifestado incluso por su propia madre, utilizándose además macabros
métodos para poner fin a su existencia. Y lo más extraño de todo esto es que estadísticamente la
mayoría de sus protagonistas son profesionales de la medicina, personas de las que creemos que
están preparadas supuestamente a privilegiar per se una acrisolada sensibilidad profesional, así
como dedicados a velar incansablemente por la salud y la vida de los demás.

En el artículo anterior observamos cómo, la historia del niño Pablo Armas, entre muchas más, y
desde hace mas de una década, la ciencia medica descubrió diferentes alternativas para preservar
la vida del niños por nacer, lo cual en esa parte descarta totalmente la insana y aturdida idea de
abortar a un hijo bajo determinadas causas y circunstancias; previas, o durante el embarazo.

De igual manera, la ciencia médica (abajo, 1 y 2), así como el ordenamiento jurídico, y la simple
lógica del derecho (abajo, 3) han determinado, entre otras más, protocolos irrefutables atribuidos
al niño concebido y por nacer, lo siguiente:
1.- La concepción empieza desde la penetración del esperma en el ovulo. No admite discusión.
2.- Una vez concebido, este nuevo Ser humano es considerado persona diferente, así como
persona-paciente diferente e independiente en relación a sus padres. Incluso, aunque posea genes
de sus progenitores, es persona diametralmente diferente en relación a su propia madre. Yo
agregaría que es además un temporario habitante en el vientre materno, por escasos 9 meses, en
relación a una larga vida que le espera.
3.- Por tanto, cualquier interrupción de este proceso de vida, en cualquier momento y bajo
cualquier circunstancia, es considerado un hecho abortivo, y por tanto criminal y punible; siendo
de manera expresa, por esencia y norma jurídica, tipificado como un delito.

Sin embargo, si revisamos el actual Código Penal, que obviamente es además una norma legal
con muchas falencias y contradicciones, principalmente en el caso que nos ocupa, podemos
observar que en su TITULO VI, DE LOS DELITOS CONTRA LAS PERSONAS, CAPITULO I, DE LOS
DELITOS CONTRA LA VIDA, que los artículos 441, 442, 443, 444, 445 y 446, penalizan el aborto,
con excepción del aberrante y peligroso contenido del artículo 447, que además hace poco fue
reformado en una pequeña parte, debido incluso a las pocas, pero legitimas presiones a las
que pude tener acceso como autor de mi proyecto de reforma, y por lo cual dicho proyecto fue
vergonzosamente y perversamente boicoteado en mi última sesión en el congreso nacional el 22
de noviembre del 2007, sin ser aprobada siquiera la consideración para ser sometido a primer
debate. Así actúan los tentáculos del poder de esta gente.

En dicha reforma de marras se excluyen las causas eugenésicas y terapéuticas, (tremendamente
mal consideradas por quienes así lo redactaron en aquella época. Léase con atención los
protocolos científicos de cada una de estas ciencias), queriéndose con esta ridícula reforma hacer
una especie de lavado jurídico. Así pues, estos sectores eminentemente abortistas, perversamente
ejecutores y cómplices de actos que denigran al Ser humano como tal, han venido socavando
aquel principio inalienable del derecho a la vida desde la concepción, utilizando métodos,
circunstancias, y hasta frases rimbombantes como, por ejemplo, aquella que se refiere al derecho
que le asiste a la mujer respecto de “la soberanía de su cuerpo”, etc.

¡CLARO ESTÁ!…sin considerar absolutamente la soberanía inquebrantable, real, absoluta,
tangible, y tácita del cuerpo del niño por nacer, quien en estado frágil y en total indefensión, su
vida es salvajemente fragmentada en pedacitos, sin compasión alguna, acción realizada con saña,
con alevosía, con premeditación y hasta con extremo morbo; que al verlo, cualquier persona se
sentiría totalmente impactada por la grotesca y espeluznante escena que aquello representa.
Eso poco importa a sus ejecutores, aunque estudios científicos han demostrado que en esos
momentos el niño trata de protegerse y hasta grita de dolor. Todo esto me hace recordar lo
contrapuesto de estos actos, comparados con aquel evento que se dio acá en Guayaquil hace
pocos años, en circunstancias en que se hicieron algunas marchas de protestas por defender
la vida de los tiburones, debido al abuso con el que se los estaba pescando. Lo recuerdan..?,
como si la vida de un escualo, importante además, valiera más que la vida de un Ser humano. Sin
embargo, quienes velamos por estos derechos, somos calificados por los agresores como fascistas
y fundamentalistas religiosos. Por lo que el tema de la pastillita del día después, es solo un
pequeño preámbulo del fin macro-criminal que se persigue a través la industria del aborto.

Así pues, en un próximo artículo, y tratando de aprovechar los espacios de redacción,
analizaremos la parte contradictoria de la actual constitución, que es la propia esencia respecto
del sesgado contenido de algunos de sus artículos.

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No hay comentarios

  1. Sr. Ramirez, para qué cansarse nombrando pomposamente a la constitución, cuando todos sabemos que las autoridades se sientan encima desde hace fu.
    El artículo que reproduzco mas abajo explica sin rodeos lo que es la sociedad ecuatoriana en la actualidad. ¿Para qué vendarse los ojos? ¿Para qué hacerse el de la vista gorda creyendo que vivimos en Disneylandia? Sus convicciones religiosas, son suyas y de nadie mas. Su discurso moralista es ilusorio y reductor.

    «En condiciones ideales, la estructura familiar es el lugar donde todo aquello empieza y donde los aciertos y trastornos se originan. Si las familias ecuatorianas nunca fueron el modelo más adecuado para que sus hijos tuvieran el mejor desarrollo de su sexualidad, ahora lo son menos que antes. La migración, la hiperactividad laboral forzada de papá y mamá, la extendida descalificación de la autoridad y la función paterna, la ausencia de padre, el cuestionamiento de la institución matrimonial y la violencia doméstica son ?entre otros factores? los determinantes actuales del frecuente fracaso de nuestras familias como el mejor lugar para la estructuración de la sexualidad. Los padres le pasan la papa caliente a la institución educativa, que tampoco sabe cómo hacerlo. Entonces, solo queda festejar la llegada de la píldora que legitima los hechos consumados y formaliza el fracaso parental.»

    http://www.eluniverso.com/2013/04/09/1/1363/pildora-fracasos.html

  2. bueno la verdad las pastillas no son abortivas para nada, las pastillas son anticonceptivas, asi que no comparto con lo que dice, pero si es asi su forma de pensar me gustaria que averigue mas, o que lo diga por experiencia

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