26 abril, 2024

Los grilletes

Los grilletes, son de vieja data, se constituyeron en el pasado, como mecanismo seguros, para evitar la fuga de prisioneros en ciertos países desarrollados y no muy desarrollados.

Consultan en unas bolas de fierro macizo (CEPOS), encadenados a las piernas bajas de determinados delincuentes, (los más peligrosos), muy difíciles de sacárselos.

Recuerdo una extraordinaria película, de mis años de estudiante colegial, que trataba de la fuga de dos prisioneros, a quienes les colgaba de sus piernas, un mismo cepo. El uno era de raza negra, alto y muy fuerte, y el otro de raza blanca, más delgado, que su compañero de celda.

Logrado el escape, tuvieron que decidir la dirección de su destino. El negro, le decía a su compañero, tomemos hacia el Norte, el blanco, en cambio le decía, hacia el SUR -para evadir a la policía que los buscaba-. Triunfó el “negro”, por su fortaleza y así continuaron caminando hacia el norte, donde llegaron a un poblado; donde un herrero, les desprendio el CEPO y cada cual continuó con su camino y destino final. (hasta ahí la recuerdo).

La tecnología de punta, puso fin a este infamante método de vigilancia y seguridad, para determinados delincuentes: no violentos, ni criminales. Las ciencias penales han evolucionado, a través de los tiempos, según las características legislativas de cada nación.

En la antigüedad, ciertos países (naciones o reinos), prescribian, por ej: el corte de la mano, para quienes se apropiaban de bienes muebles ajenos, -hurto y robo-.

Otras legislaciones antiguas, castigaban con la esclavitud, de por vida, o a luchar contra tigres hambrientos, (en el Coliseo Romano), a la muerte por pedradas -a las viudas que aspiraban casarse nuevamente o a las mujeres infieles, Los países de la época Medieval, a la hoguera -en la época de la Inquisición- para aquellos que contrariaban los hechos y decisiones de la Iglesia Católica, (-Eregía-), y en la época moderna -La Revolución francesa-, la Gillotina, para quienes, -al término de las Dinastías-, que no admitían la República.

En la actualidad, subsisten también penas muy duras: la pena perpetua por acumulacion de delitos, la silla electrica o la muerte en la cámara de gases. (USA), -en algunos Estados de la Unión-, aunque actualmente muy disminuidas en su ejecución.

Los países latinoamericanos de las últimas décadas, suavizaron la legislación penal, en cuanto a las condenas, que iban desde un máximo de 16 años, antes, hasta su máximo de 40/45 años en la actualidad, (acumulativas). Las cárceles especiales -tipo correccionales -para menores de edad- peligrosos asesinos y violentos, en muchos casos (???), y las penas sustitutivas o alternativas, durante la investigación de los hechos delictivos, como la prisión domiciliaria, mientras se investigan los hechos -supuestamente delictivos, o para personas de la 3era. edad. (mayores de 65 años).

Evolución del derecho penal, que va desde la Teoría del Delincuente Nato, de Lombroso: -“el delincuente nace, no se hace- hasta, los principios de la inocencia del justiciado hasta que no se compruebe su culpabilidad, elevado en nuestra Constitución -2008- a principio constitucional.

La investigación fiscal y el debido proceso, podrían llegar hasta establecer la inocencia del investigado y/o encarcelado -error de buena fe o de mala fe-.

Que, de determinarse, supone una indemnización por parte del Estado, para el injustamente encarcelado y/o para la víctima -en el caso de una violación- sea menor o mayor de edad, la ultrajada; en ciertos aún con su consentimiento de la menor, de existir la denuncia respectiva; que, de comprobarse, supone además de la condena pertinente o rebajada, la reparación integral de la víctima-. Reparación que generalmente, se “tranza”, cambiando la violación con un delito menor, entre las partes involucrados -violador y los padres de la menor- que en la mayoría de los casos, se logra con una indemnización económica.

Personalmente, no creo en la rehabilitación de los delincuentes de graves delitos -violación, robo agravado con muerte, etc. -por cuanto la experiencia social, nos indica que ese tipo de delincuentes, liberado, vuelve a cometer iguales o peores delitos.

Distinto es el caso de quienes están presos por delitos menores o por asuntos de pensiones alimentarias- actualmente ya no hay prisión por la falta de pago de tal o tales pensiones-, en ocaciones se logra la rehabilitación, gracias al aprendizaje de un oficio, en el interior de la cárcel, que les permitirá a los delincuentes, autofinanciarse -durante su libertad- por cuanto, es muy dificil que algun exprisionero obtenga una plaza de trabajo, en relación de dependencia.

Volviendo al tema de las penas cautelares o alternativas, en ciertos casos, la tecnología de punta, ha elaborado los “grilletes electrónicos”, ubicados en la parte final de una de sus piernas, de quien obtiene esta decisión de un/a juez de lo penal o de un/a Magistrado/a, de las Cortes Provinciales o Nacionales, continuando por cierto, con la investigación penal o el mismo juicio penal ya iniciado.

El Grillete electrónico, es un aparato de alta tecnología, que marca la ubicación real de quien lo lleva y los movimientos de esa persona están conectados a una Central de Monitoreo de esos aparatos, que emiten unos sonidos, para aquellos que traspasan los límites de sus viviendas donde están recluidos en los que tienen la prohibición legal de salir de ellos o alejarse de tales sitios.

Ingenioso mecanismo, en unos casos, e infamante en otros, que la “sapada criolla” y la corrupción, ya los han violado en ciertas ocasiones, se liberan de estos “grilletes”, y no solo permanecen ocultos en el país, sino que también han fugado al exterior.

¿Cómo puede, un mecanismo como ese, ser prestado por igual, por quien haya realizado un robo cualquiera o cometido un delito económico, al igual que el cometido por un violador de niños/as, robo con violencia y muerte, o un femicida, incluido los propios hijos o delante de ellos?

Por otro lado, la MODA, hace imperceptible este grillete: los pantalones bandera y los largos trajes al piso, los ocultan perfectamente.

¿Tendrían los jueces que llegar al absurdo, de exigirles además, a los portadores de tales objetos, que usen shorts o bermudas, para que sean visibles al público? Absurdo verdad?

La tecnología de punta, pronto producirá estos “grilletes”, pero en la mano, como relojes altos, que la gente los llamaba “caja de mentol”; que fueron desplazados por los relojes planos, muchos más elegantes.

Serían menos infamantes, al igual que las leyes penales y procesales penales. Nada raro que las leyes penales y procesales penales, les permitirá en próximos meses que lo lleven por dentro de sus pantalones o shorts o vestidos, pero, debajo de la piel, tipo cápsulas, produciéndose el mismo efecto, pero menos infamante, para quien los lleva, por delitos no violentos, no así para quienes conmocionan a la colectividad por su vileza, produciéndose el mismo éxito en el control. No tratamos de “descubrir la pólvora”, que ya fue hace muchos años descubierta.

La presentación diaria o distanciada de presentarse al juez, que sentenció el fallo, es una prueba -supongo- muy difícil de cumplir, para el sentenciado, válida como control judicial del delincuente menor.

Las medidas cautelares o alternativas, son válidas en unos casos, infamantes y extemporáneos en otros. Pero, injustas, en la medida que son aplicables -por igual, a “TIRIOS Y TROYANOS”.

Yo, apuesto por el reloj electrónico de muñequera o por la “cápsula” subcutánea. Ojala, no me equivoque.

Espero sus opiniones.

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