26 abril, 2024

Igualdad Real

Nuestra Constitución reconoce y garantiza a las personas el derecho a la “igualdad formal, igualdad material y no discriminación”, adoptando para tal efecto, medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad, pues en el Ecuador nadie puede ser discriminado por razones de discapacidad, diferencia física, ni por cualquier otra distinción que tenga como resultado el menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos.

En base a estos principios constitucionales, la Defensoría del Pueblo, el CONADIS y demás organizaciones de derechos Humanos, presentaron una Acción de Protección Constitucional en contra de dos compañías de medicina Prepagada, por la “presunta violación” a los derechos constitucionales y discriminación a un niño que padece síndrome de Down, al cual se le negó el acceso a un seguro de salud en igualdad de condiciones por padecer una preexistencia. La sentencia resultó favorable al menor de edad, declarando la misma que se le habían vulnerado sus derechos constitucionales, ordenando la reparación integral por los derechos lesionados. Las empresas demandadas apelaron la resolución.

El día de hoy, 9 de julio del 2013 a las 13h15, ante los señores Jueces de la Primera Sala de lo Penal de Guayaquil, se llevará acabo la audiencia pública con el fin de resolver sobre el recurso de apelación planteado en contra de la resolución que favorece a un niño con discapacidad.

Es inconstitucional pretender que por la falta de reglamentación a la Ley Orgánica de Discapacidades, no se pueda aplicar el derecho constitucional a la no discriminación que tienen las personas que padecen alguna discapacidad, pues resulta injusto que seguros privados de salud, nieguen la cobertura en igualdad de condiciones.

Las compañías que ofertan seguros de salud privados, no pueden continuar discriminado a quienes padecen alguna discapacidad, pues en éste país, les guste o no, todos somos iguales ante la ley. Recuerden magistrados, su deber es luchar por el Derecho, pero, el día en que se encuentren en conflicto el Derecho con la Justicia, luchen por la Justicia (Couture).

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De toda esta marea de comentarios, unos hechos con el hígado, otros hechos con el cerebro; y otros (los menos), hechos con los pies, debemos sacar una lección que nos ayude a progresar como sociedad; que nos empuje a investigar más sobre nuestra historia de tal modo que, con sabiduría, ecuanimidad y generosidad de espíritu podamos reconocer cuando nos equivocamos en aras de que triunfe siempre la verdad y recuperar así el valor de nuestra herencia histórica.

Veo con preocupación y tristeza que muy pocos se toman la molestia de averiguar en que bases documentales nos respaldamos para aseverar todo lo que aseveramos en esta obra y reflexiono sobre el valor de este foro que, de ser útil, debería llevarnos a conclusiones que permitan consolidar el valor de las historias seccionales sin que esto escamotee el protagonismo que, en cada uno de los eventos importantes de nuestro pasado, tuvieran cada una de ellas.

No hay comentarios

  1. Siempre me he preguntado sobre la discriminación con las personas de la tercera edad. En general, los seguros no nos aceptan y si lo hacen tiene un costo elevado. Esta es la época de la vida en la que realmente necesitamos de un seguro. Hemos contratado y pagado por muchos años un seguro de salud privado y al momento de jubilarnos, ese mismo seguro ya no renueva la póliza.

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