14 mayo, 2024

Opinión

Espectro Radioeléctrico

La Ley Reformatoria a la Ley Especial de Telecomunicaciones ha generado gran preocupación en el sector que recibe jugosas utilidades. Dice el proyecto que “en el caso de los trabajadores vinculados a empresas que mantengan contratos con el Estado, mediante los cuales se les delegue la prestación de servicios de telecomunicaciones y para tal efecto utilicen espectro radioeléctrico, recibirán el 3 % del porcentaje de utilidades y el 12 % restante será pagado al Estado, que lo destinará a proyectos de inversión social y de desarrollo de las telecomunicaciones”.

La exposición de motivos para el cambio a la normativa es clara: “ajustar el actual marco jurídico entre las empresas que prestan servicio por delegación en los sectores estratégicos, acorde con las disposiciones de la Constitución de la República del Ecuador”. Particularmente, en lo que respecta a las utilidades de los trabajadores, dice la carta fundamental en el artículo 328 que la ley fijará los límites de esa participación en las empresas de explotación de recursos no renovables y que en las empresas en las cuales el Estado tenga participación mayoritaria, no habrá pago de utilidades. Eso es lo que está haciendo el proyecto, estableciendo límites.

Guayaquil y las Fundaciones

Guayaquil, la eterna olvidada de los Gobiernos centrales y centralistas, se vio obligada buscar la justicia social, por sus propios medios. El pueblo guayaquileño, por la nula ayuda gubernamental lejana, sumida en pestes por ser puerto y zona tropical, debía atenderse por sí misma contra las epidemias de Fiebre amarilla, peste bubónica, cólera, paludismo, dengue, enfermedades tropicales, intestinales, etc., que diezmaban a su población y la ponía en peligro de epidemias mortales por la aparición de un caso de cualquiera de estas enfermedades.

Esto llamó a la creación de varias Instituciones y grupos de apoyo solidario a los más necesitados: la Sociedad de Beneficencia de Señoras, la Junta de Beneficencia de Guayaquil, LEA, SOLCA y miles de Fundaciones que tanto bien han hecho al país. Los guayaquileños son gente generosa y solidaria tanto por naturaleza como por necesidad. Lo he constatado muchas veces, cuando visito las Salas de madres que han dado a luz y están con sus hijos en alojamiento conjunto, y la que ya ha tenido hijos ayuda a la nueva madre e incluso le da de su propio seno para alivianar el sufrimiento de la madre primeriza y el llanto del hijo de ella. Esta solidaridad no se da porque la conozca, sino por ser vecina de cama. Las mujeres que tienen la suerte de no trabajar, buscan organizarse o adherirse a grupos o fundaciones de ayuda social, para poder servir a sus semejantes en cualquier forma.

Notas sobre la guerra contra Palestina

Cualquier epidemia de la enfermedad más grave es nada comparada con las guerras… En la mente del guerrero solo prima la destrucción. Es la hora de liquidar… De arrasar con todo lo que se oponga a dicha liquidación… Lo importante es matar… ¿Son niños? ¿Son mujeres? ¿Son ancianos? No importa! Lo importante es matar! Que las manos por el crimen queden manchadas de sangre, como explicó con frialdad ajena a toda femineidad, la diputada israelí Ayelet Shaked al explicar la razón (su razón) de asesinar palestinos… “Todas las madres palestinas deben ser asesinadas por parir pequeñas serpientes”. En la guerra no hay perdón, aunque la fe religiosa del victimario lo proclame, desde la letra muerta de su libro sagrado… Toda guerra es sinónimo de deshumanización… No hay más risas… No hay más lágrimas… No hay más amor… ¿Será porque, como ha explicado Ralph Linton en su <> “No somos ángeles caídos, sino antropoides erguidos”?

Divorcio Exprés

Con el nuevo Código Orgánico General de Procesos habrá “divorcios rápidos y sin abogados”. ¡Leyenda más vendedora no puede existir!

Si hay un hecho real es que la sociedad no es estática, se transforma y de allí que el derecho busque ir a la par de las necesidades de las personas. Con los datos reales que da el Instituto Ecuatoriano de Estadística y Censos (INEC) de que los divorcios se han incrementado en la última década en el Ecuador en un 95,37 %, aquella debía ser una respuesta urgente por parte del legislador, representante del soberano para hacerle, como dicen, “la vida más fácil”.

Democracia y Libertad

La intervención del Alcalde Jaime Nebot con motivo de la Sesión Solemne por la Fundación de Guayaquil, nos lleva a reflexionar sobre algunos temas que son de actualidad y que están directamente vinculados con la democracia y la libertad que hoy se vive en el país.

¨Ejercer el poder por mandato mayoritario del pueblo, es decir ganando elecciones legítimas, es parte esencial de la democracia, pero no es toda la democracia. La democracia no sólo muere de golpe, también muere cuando se achica cada día más el campo de la libertad y cuando la comunidad va convirtiéndose en colonia del Estado¨.

Si observamos como se aprobó el Código Monetario y Financiero, sólo con la mayoría de gobierno, y especializados en la materia hacen a diario análisis de los errores y consecuencias que puede traer en el mediano plazo, el temor por el futuro económico del país se acrecienta.

Por la libertad de Expresión

“La bondad de un gobierno reside en el mayor ejercicio de la inteligencia, y en el respeto que los gobernantes deben a las libertades legítimas de los gobernados”.

Vicente Rocafuerte

Negarle la posibilidad de expresarse a una persona es, por cierto, un crimen contra su vida y su proyección creativa… Y es que, por naturaleza, e incluso por supervivencia zoológica, todo ser vivo tiene la capacidad de hacerse presente. Hasta en las formas más disparatadas. En cuanto a la sociedad humana la única manera que tiene para mantenerse, y superarse, si es necesario, en sus procesos de realización, es la continua interrelación, mediante los variados comportamientos de sus integrantes. Claro, que en cada comportamiento está implícito, aun para superación de sí mismo, que no se debe ni se puede franquear, los límites de los derechos de terceros, so pena de entrar en el ámbito de la arbitrariedad, que de facto exige castigo.

El poder vitalicio

El Congreso de Nicaragua, controlado por el Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), totalmente obsecuente con el Presidente Daniel Ortega, modificó la Constitución eliminando el límite a los períodos presidenciales, es decir, se aprobó la presidencia vitalicia. La minoría parlamentaria en la que se incluyen antiguos guerrilleros; ante la impotencia, la oposición alcanzó a denunciar que estos cambios ilegales e inmorales a la Constitución era “un traje a medida del dictador Ortega, que aspira a morir en el poder”.

La Iglesia de Nicaragua, coincidiendo con la minoría parlamentaria, sus autoridades, a través de un comunicado, expresaron que las medidas adoptadas por el Parlamento favorecen “el establecimiento y perpetuación de un poder absoluto a largo plazo”, ejercido por “una persona o un partido de forma dinástica”.

Por la paz en los derechos humanos

¡Se acabó la maldita guerra! Decía mi madre, mientras mi padre asentía diciendo lleno de esperanza -¡No más guerra con la ONU!

Para mí en los momentos en que me debatía entre esa paradoja del fin de la guerra y el significado de “la victoria”, la ONU fue la luz que despejó los cielos de mi tormenta, como la tabla de la esperanza de las naciones del mundo por la paz, por la justicia y comprensión entre los hombres… Libro A Medio siglo de la ONU-pág. 17- de la autora de este artículo.

¿De qué paz se hablaba entonces? – Yo tenía 15 años y después de esa 2ª guerra mundial se han suscitado tantas guerras en el mundo, por lo que hoy octogenaria tengo derecho a preguntar:

Falso Procurador

En materia legal existe una figura jurídica llamada “procurador”, quien es un profesional del derecho que en virtud del apoderamiento ejerce la representación procesal de cada parte ante los juzgados y tribunales.

Nuestro Código de Procedimiento Civil dispone que “sólo los abogados en el ejercicio de su profesión podrán comparecer en juicio como procuradores judiciales y asistir a las juntas, audiencias y otras diligencias en representación de las partes cuando éstas no puedan concurrir personalmente.” Las partes en un proceso pueden ser personas naturales o jurídicas (compañías). La misma ley señala que los representantes legales o procuradores que no legitimen su personería, serán condenados como “falsos procuradores”, y “pagarán las costas, daños y perjuicios del incidente, aunque legitimaren su personería con posterioridad a la declaración”, pues la falta o insuficiencia de poder de quien compareció a nombre de otro sin ser ni estar debidamente designado, implica una violación a la ley.

Responsabilidad Solidaria

En materia laboral, uno de los medios que tienen los trabajadores para identificar y emplazar al patrón, cuando este incumple con sus obligaciones patronales, es poder dirigir su demanda contra las personas que según él conoce ejerzan funciones de administración y dirección de la empresa.

El espíritu de esta norma es que en el caso de que el trabajador ignore el nombre o la razón social de su patrón le basta que precise el lugar donde realizó la actividad y las personas de quien recibía órdenes, lo que es claramente una norma pro operaria. La jurisprudencia nacional es muy clara cuando nos dice en fallos de triple reiteración que no es obligación del trabajador saber cuál es la persona que ejerce la representación judicial de una empresa o institución para dirigir su acción contra él, pues bástale dirigirse en la demanda contra las personas que ejercen funciones de dirección y administración, tal como lo dispone el actual artículo 36 del Código del Trabajo: “El empleador y sus representantes serán solidariamente responsables en sus relaciones con el trabajador.”

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