5 octubre, 2024

De lo particular a lo global

En la actualidad, vivenciamos la hiper comunicación y la globalización, donde cada vez el mundo se vuelve más homogéneo en diversos aspectos, y sin duda, la arquitectura no queda excluida. La forma de proyectar él hábitat humano es cada vez más universal e involucra cada vez a una mayor cantidad de personas; a menudo sometiendo la vida de las personas, provocando efectos negativos en su desarrollo en la sociedad. 

Entonces, más allá́ de que el paradigma habitacional actual puede tener un impacto negativo, existe una tendencia a proponer planteos teóricos (y algunos prácticos), que tratan conceptos como la vivienda en comunidad, economía circular, sustentabilidad, gentrificación, perspectiva de género, sobrepoblación y pobreza. 

Estos temas son problemáticas que el planeta entero está enfrentando y en el caso de algunos países, se están llevando a cabo acciones concretas para superar los problemas. En la COP27 (conferencia de las naciones unidas sobre el cambio climático) realizada en Sharm el-Sheikh (Egipto) la mayoría de los países del mundo, se reunieron para definir estrategias que permitan sacar a la humanidad del precipicio climático. Entre las principales conclusiones estaban: la cooperación económica de países en vías de desarrollo, y especialmente reducir la emisión de gases de efecto invernadero. Los arquitectos tienen la responsabilidad de preocuparse por las cifras a causa de la construcción que representa el 39% del dióxido de carbono (CO2) emitido a la atmosfera; además, la construcción también genera el 30% de los residuos sólidos y el 20% de la contaminación de las aguas. 

En Latinoamérica y en los países que conforman el “sur global” (un término que hace referencia a la división social, económica y política que hay entre los países desarrollados del “norte global” y los subdesarrollados) no solo tenemos baja capacidad económica para resolver problemas climáticos, sino que, la agenda de prioridades normalmente está encabezada por temas críticos como la pobreza, seguridad y educación, etc.

En la región latinoamericana tenemos el desafío de encontrar soluciones integrales a los problemas climáticos y sociales.

La vivienda es uno de los problemas más importantes en la región, y las soluciones arquitectónicas y urbanas que se proponen son determinantes para proyectar formas de habitar que impulsen a la sociedad a superar las dificultades. 

Más allá́ de las problemáticas sociales, no siempre los modos de habitar son impulsados por una arquitectura que lo pretende, más bien, muchas veces es la propia arquitectura que gracias a factores externos condiciona y limita la forma de habitar. 

Un ejemplo claro es la sobrepoblación y los intereses económicos, globalmente el mercado inmobiliario busca optimizar el lucro de las inversiones, esto lleva en gran me dida a generar tipologías de vivienda que responden a la explotación de un código urbanístico particular. imponiendo así una forma de habitar, en la que el único ámbito donde es posible tomar entidad subjetiva del usuario es el interior de la vivienda, que desde el vamos viene cargado de condicionantes. En este sentido, uno de los paradigmas que sin duda domina la arquitectura contemporánea es la flexibilidad espacial. Tratando de devolverle al usuario lo que las condicionantes de nuestros tiempos nos han impuesto. 

Las prioridades espaciales empiezan a dejar lo particular a un lado  y a tener un enfoque de masas, del bien común para hacer funcionar nuestra condición de multitud. los espacios de encuentro, de esparcimiento y de intercambio protagonizan la arquitecturas y el urbanismo de nuestros tiempos.



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Falso Procurador

En materia legal existe una figura jurídica llamada “procurador”, quien es un profesional del derecho que en virtud del apoderamiento ejerce la representación procesal de cada parte ante los juzgados y tribunales.

Nuestro Código de Procedimiento Civil dispone que “sólo los abogados en el ejercicio de su profesión podrán comparecer en juicio como procuradores judiciales y asistir a las juntas, audiencias y otras diligencias en representación de las partes cuando éstas no puedan concurrir personalmente.” Las partes en un proceso pueden ser personas naturales o jurídicas (compañías). La misma ley señala que los representantes legales o procuradores que no legitimen su personería, serán condenados como “falsos procuradores”, y “pagarán las costas, daños y perjuicios del incidente, aunque legitimaren su personería con posterioridad a la declaración”, pues la falta o insuficiencia de poder de quien compareció a nombre de otro sin ser ni estar debidamente designado, implica una violación a la ley.

Medios y Banca

La transitoria 29 de la Constitución, obliga a los accionistas de la banca privada que tengan acciones en empresas del sector productivo ajeno al financiero, y en los medios de comunicación social, deben ser enajenadas en el plazo de dos años a partir de la publicación en el Registro Oficial de la Constitución de la República, a contarse desde el 20 de Octubre de 2008.

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