26 abril, 2024

La atención de la salud

Si hay algún ítem que se puede considerar de gran utilidad para los ecuatorianos, realizado durante estos diez años de Gobierno socialista, que nadie lo había desarrollado antes y que significa un gran avance en la justicia social y en la satisfacción a las necesidades del pueblo, es el de la salud gratuita.

El Gobierno lo decretó sin tener, en ese entonces, la infraestructura necesaria para poder implementarla y recurrió a la privada para practicarla. Al comienzo, durante la bonanza petrolera, el sistema empezó muy bien, se atendía  y el Gobierno pagaba, tarde, pero lo hacía, de acuerdo a la tarifa que el Gobierno puso  a las atenciones. Vino la baja del precio del petróleo y el Gobierno disminuyó los valores, incluso en varios procedimientos, a cifras por debajo del costo de los mismos insumos, y a atrasarse cada vez más en los pagos, creando insolvencia en los prestadores de servicio, los que comenzaron a deber a los abastecedores de insumos y equipos, provocando dificultades también en esas compañías, al no poder cubrir los pagos a sus abastecedores del exterior.

El Gobierno, ante la necesidad de atender la demanda cada vez más exigente de la ciudadanía, empezó la construcción de nuevos centros de atención médica en todo el país, tanto para la Seguridad Social, como para el Ministerio de Salud pública. Como la demanda continuaba creciendo, y los servicios privados reclamaban los pagos, se empezó a poner restricciones en los pagos a los servicios privados, indicando varias excepciones de atenciones que el Gobierno no consideraba emergentes y por lo tanto no cancelaría a las operadoras privadas si las atendían. Entre otras cosas, se empezó a rechazar la atención brindada a los afiliados del IESS que son derivados desde los Centros del MSP, para atención en los servicios Privados de Salud. Estos pacientes quedan en un limbo donde nadie les puede prestar atención, porque los Centros Privados, al encontrarse impagos, tampoco tienen ya los insumos necesarios para la atención adecuada de sus necesidades.

Sólo como ejemplo: Una muchacha de 16 años, con un hijo de un año de edad, ingresa al Hospital transferida del Hospital básico de El Triunfo. Su padre es afiliado activo al IESS. Su madre vive en España. Viene con un embarazo de 35 semanas de gestación y anemia.  No puede ser atendida con cargo al IESS o el MSP, pese a haber sido derivada del Hospital básico del Triunfo, que es administrado por ellos, tampoco cubre los gastos, porque es paciente IESS. Los padres no tienen un centavo y se debe atender a la madre y a su hijo por cuenta del Hospital. Casos como este son varios. Desafortunadamente, no nos alcanza el dinero para poder dar este servicio gratuito a todos, aparte están los gastos del tratamiento del bebé prematuro. Diariamente acuden a nuestro Hospital, mujeres que presentan infección urinaria, hipertensión arterial crónica, aborto incompleto, taquicardia fetal, desprendimiento parcial de placenta, etc., se hace el diagnóstico, pero cuando hablamos de la necesidad de ingreso, firman la forma 008 y piden el alta. Dios quiera que acudan al MSP y que las atiendan, de otro modo, la morbi-mortalidad aumentará aún más y crecerá la atención crítica, que es en verdad, la más onerosa. Por otro lado, todos sabemos que el embarazo no es una enfermedad, pero alguien tiene que dar la asistencia al parto, y a veces éste viene con complicaciones, y alguien debe pagar esta atención. El IESS no lo cubre. ¿Quién debe cubrir ese costo?, ya que la atención médica debe ser pagada por el Gobierno. La intención es buena, pero son varias las pacientes que buscan atención gratuita, porque si el caso es ligeramente complicado, la atención es demorada en las dependencias del MSP o las derivan. Creo necesario sincerar el servicio. El pueblo lo necesita.

Artículos relacionados

Año viejo

Otro año que se va, otro viejo que quemar.

Cada año la infalible quema del monigote tiene más restricciones, tanto así que muchas urbanizaciones han decidido regularla por el riesgo que implica y en otras incluso hasta las han vetado.

El Cabildo porteño también tiene su instructivo para la quema de los “viejos”, prohibiéndolos en calles y avenidas asfaltadas (las de color negro), así como en las áreas sometidas al proceso de regeneración urbana, siendo responsable por los daños causados, el propietario o arrendatario del predio más cercano al lugar donde la quema produjo deterioros. La incineración del monigote está permitida en las calles o avenidas pavimentadas con hormigón y en veredas o solares no edificados.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

×