9 diciembre, 2024

¡No faltaba más!

¡No faltaba más! Miope el que no lo vio venir. La mayoría oficialista aprobó la resolución que regula la difusión de videos, documentos y discursos de los asambleístas durante los debates en el Pleno; ahora el CAL reglamentará el uso del material de apoyo en las intervenciones. Es decir, este será «precalificado» y si no pasa la prueba: ¿censura, multa y sanción?

Importante es la legalidad de la resolución. La Constitución en su art. 128 dispone que «los asambleístas gozarán de fuero de Corte Nacional de Justicia durante el ejercicio de sus funciones; no serán civil ni penalmente responsables por las opiniones que emitan, ni por las decisiones o actos que realicen en el ejercicio de sus funciones, dentro y fuera de la Asamblea Nacional» y lo que establece la Convención Americana sobre Derechos Humanos: que toda «persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión». Ahora, el peso jurídico que tendrá dicha resolución se encuentra dado en la propia Carta Magna cuando afirma que «los actos administrativos de cualquier autoridad del Estado podrán ser impugnados, tanto en la vía administrativa como ante los correspondientes órganos de la Función Judicial.»

Seguro a más de uno le surge la incógnita: no se puede enjuiciar a los asambleísta por las opiniones que emitan ni por las decisiones o actos que realicen en el ejercicio de sus funciones, dentro y fuera de la Asamblea Nacional, ¿pero sí se los puede multar y sancionar administrativamente por pasar videos públicos?

Como todo en la vida, existe lo bueno, lo malo y lo feo. Lo bueno, que al fin había empezado a subir el nivel de los debates en la Asamblea; desde Montecristi que no se desbordaba tanto nivel intelectual. Lo malo, una resolución que pretende limitar esos debates. Lo feo, y hasta grotesco, sancionar administrativamente por expresiones que no pueden ser juzgadas ni civil ni penalmente. Desde luego, la honra y la reputación no pueden ser objeto de ataques ilegales, pero recordemos que existen en la ley mecanismos para protegerla.

Hay que volver a estudiar la pirámide de Kelsen y el orden jerárquico de las normas.

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2 comentarios

  1. Su artículo está en lo correcto. Pero eso sería en un mundo ideal. El Ecuador está viviendo bajo un régimen de facto. Es una dictadura pura y dura desde el primer día que Correa se candidatizó. Recuerde que llegó al poder sin candidatos para congresistas. Luego apaleó y decapitó todo a su paso: consejo electoral, y las más altas dependencias del Estado de derecho. Impuso su constituyente chavista y su constitución arbitraria y mentirosa. La situación seguirá agravándose mientras existan personas como Ud que aun no se percatan o fingen ignorar la realidad.
    A la ilegalidad se la combate con fiereza y no con palabras asustadizas y dulces. Todos sabían que era ilegal lo que ese individuo proponía, pero todos miraron para un lado. Nueve años más tarde, ya es batalla perdida.

  2. Vilma, YA DESPERTARA, tenga paciencia, por lo menos se manifiesta y opina lo que siente, tampoco se la puede obligar a que emita criterios en contra de su voluntad o a la fuerza. Yo creo que está bien esa opinión, y lo que manifiesta con respecto a la piràmide de Kelsen, en los actuales momentos le preguntaría: ¿sabe usted lo que ha hecho Correa con esa pirámide? Se lo dejo a su imaginación.

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