9 diciembre, 2024

Los Brokers

En los últimos años, una de las actividades económicas que ha seguido en aumento, quizás por lo rentable, es la venta de pólizas de seguros de salud a ciudadanos ecuatorianos. Esta actividad se encuentra regulada por una amplia legislación y es controlada por la Superintendencia de Bancos y Seguros.

En Ecuador, el “sistema de seguro privado” es integrado por todas las empresas que realicen operaciones de seguros, las compañías de reaseguros, los intermediarios de reaseguros, los peritos de seguros, y los asesores productores de seguros; a éstos últimos se los conoce como “Brókers”, los cuales operan con relación de dependencia o sin ella.

El Bróker de Seguros tiene como actividad principal gestionar y obtener contratos de seguros a nombre de una o varias empresas de seguros y percibe una comisión por su intervención. Como toda actividad económica debidamente normada, dichos agentes tienen derechos, obligaciones y prohibiciones; por ejemplo, tienen prohibido “ofrecer seguros cuyos modelos de pólizas no estén aprobados previamente por la Superintendencia de Bancos y Seguros”, y “ofrecer y/o gestionar y/o colocar pólizas de seguros de aseguradoras no constituidas ni establecidas legalmente en el país.”

Uno de los grandes secretos a voces en nuestro país, es la venta ilegal de pólizas de seguros de salud de compañías internacionales que no se encuentran autorizadas por el ente de control para operar en el Ecuador. Éstas ventas constituyen un delito que según la Ley General de Seguros esta sancionada “con prisión de seis meses a cinco años”, lo cual no excluye el delito de estafa cometido contra el consumidor, el cual esta tipificado en el Código Penal. Lo insólito, es que pese a la expresa prohibición y sanción, “ciertos Borkers” continúan ofertando dichas pólizas ilegales a vista y paciencia de las autoridades.

Si usted amable lector, conoce a alguien que oferte o gestione pólizas de salud internacionales emitidas por una aseguradora no constituida ni establecida legalmente en el país, dele un sabio consejo y recomiéndele vender solo las legales, pues nunca es tarde para que el ente de control aplique la Ley, aún en contra de los grupos de poder.

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De Jenízaros y del servicio de protección público

Se le atribuye al sultán Orkhán I, gobernante del Imperio Otomano, la creación del cuerpo militar de los jenízaros alrededor de 1330. Se dice que Orkhán I creó esta fuerza para sustituir al cuerpo armado de los “yagas”, cuya insolencia se había hecho insoportable. Los jenízaros eran unidades de élite del ejército, y tenían como misión la custodia y salvaguarda del sultán, así como la seguridad del palacio, siendo considerados su guardia pretoriana.

El Presidente Correa ha enviado a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley del “Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana”, en el que se crea el llamado Servicio de Protección Público (SPP); esta entidad pública se constituye como una unidad civil armada, paralela a la Policía y a las FF.AA. dirigida por el Presidente de la República y bajo la dependencia del Ministerio del interior; veamos el Artículo 168.- “Naturaleza.- Es una entidad pública, especializada, jerarquizada, civil, armada dependiente del Ministerio del Interior, con el propósito de brindar una cobertura de seguridad integral a las autoridades, funcionarios o funcionarias, dignidades ecuatorianas o extranjeras y personas relevantes que se encuentran en el Ecuador”.

No hay comentarios

  1. Tengo mas de 40 años en el campo del asesoramiento de seguros y soy profesor en la UEES de esto. Ni todas las extranjeras son piratas, ni todas las nacionales honestas. Todo de´pende del profesionalismo del broker, que es muy mezquino en ciertos casos

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