1 mayo, 2024

La política internacional

La política internacional definida en relación a los altos intereses nacionales, deberá estar orientada a la mejor defensa y afirmación de estos. Ahora bien, en la configuración de la política internacional ecuatoriana no solo interviene, como erradamente se puede creer, el Presidente de la Republica, el Ministerio de Relaciones Exteriores, sino también otros actores que, de una manera u otra inciden por ejemplo el Ministerio de Comercio Exterior, la Función Legislativa, las universidades, etc.

Es verdad que hasta mediados del siglo veinte eran los Estados y Cancillerías prácticamente los únicos a través de los cuales se realizaba la política internacional, pero ha cambiado con el paso del tiempo.

¿Significa eso que la Política Internacional ecuatoriana debe estar dirigida por distintos conceptos, diversas directrices que se contrapongan una con la otra?

Definitivamente no, por la simple razón que entonces no existirá una política internacional coherente, entendiéndose por política, en este caso, el arte con que se conduce un asunto, empleándose los medios idóneos para alcanzar un fin determinado. Alcanzar el consenso es propio de los regímenes democráticos, pero al consenso se debe arribar mediante un plan determinado en el que prevalezcan los altos intereses nacionales.

Por otro lado, en el lento desarrollo de nuestra institucionalidad, se creó el Ministerio de Relaciones Exteriores, pero careciendo casi totalmente de verdaderos diplomáticos.

Las embajadas y los consulados casi siempre eran llenados por amigos del régimen imperante.

Recién en 1987 se creó la Academia Diplomática que profesionalizo el Servicio exterior, estableciendo que la diplomacia no es una profesión universitaria sino una carrera pública. Además, el artículo 83 de la Ley Orgánica del Servicio Exteriores dispuso que:

“El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá designar para el desempeño de misiones diplomáticas a personas ajenas a la carrera diplomática previo dictamen favorable de la Comisión Calificadora de Personal”

Los así nombrados deberán exhibir reconocidos méritos y haber prestado relevantes servicios a la república.

A estos nombramientos se los conoce como la cuota “política” que no puede exceder del 20 por ciento del total del servicio exterior. La cuota política celosamente vigilada por Ministros diligentes y respetuosos de la ley, no ha tenido problemas. Si han existido cuando los intereses políticos o timidez del Ministerio dan paso a nombramientos de personas de muy escasos méritos. Ese ha sido nuestro talón de Aquiles, dándose casos de embajadores y funcionarios que ocuparon altos puestos sin tener noción de cosas elementales.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, tiene la obligación de escoger meticulosamente la calidad de nombrados. El servicio exterior no es una dadiva, una canonjía. Es una responsabilidad republicana.

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