26 abril, 2024

Ley especial del anciano

Dicha Ley se la puede revisar en el R.O.127, 806, 6/11/91, demostraremos a que pese a su excelente motivación y propósito no se cumple.

En su Capítulo I, Disposiciones Fundamentales:
“Art. 1.- Son beneficiarias de esta ley las [50% de descuento] personas naturales que hayan cumplido 65 años de edad, sean éstas nacionales o extranjeras, que se encuentren legalmente establecidas en el país. Para acceder a las exoneraciones o rebajas en los servicios públicos o privados estipulados en esta Ley, justificarán su condición únicamente con la cédula de ciudadanía o con el documento legal que les acredite a los extranjeros.(R.O. No. 439-24-X-2001).”

Siempre consideraremos que en los casos especiales que indican un tope para esta ventaja se usarán las limitantes de ingresos menores de 10 salarios mínimos vitales de ingreso y un máximo de 1000 S.B. de bienes.

Hay constancia de que en el trámite para un nuevo pasaporte (con extraordinario buen trato y eficiencia) se cumple a carta cabal sin siquiera pedirlo.

Triste es ver como en otros rubros: Teléfonos, Agua Potable y, sobre todo, “Planilla de Luz” se plantea una matemática desconocida. Por ejemplo en “Luz”, energía eléctrica, usted recibe alrededor de 4 dólares de rebaja y paga cerca de 35. Debe considerarse especialmente que han conseguido una prebenda especial que consiste en que el “descuento” se considere pérdida y sea asumido por el Estado dentro del presupuesto como valores deficitarios y reembolsados a ellos.

Hay un par de cines que si otorgan el descuento, pero si la película es un éxito no es raro encontrar un letrero ¡NO ES VÁLIDO NINGUN DESCUENTO! También aplica para presentaciones de artistas ¡algunos más viejos y pasados de moda que el pecado!

Presentemos las cifras: En Ecuador 6,4% (hombres 463.481/mujeres 500.982) tienen 65 años y más; para los roñosos, incrementémoslo al 8% para incluir a los que tienen una fuerte discapacidad.

Estadísticamente, aun cuando se llegue al máximo probable, el impacto económico de esta ley es exiguo.

En el transporte terrestre no se cumple enteramente o se soslaya la Ley frontalmente y cuando es el momento de mayor deseo de visitar a familiares pasa a formar parte de las Calendas Griegas; ídem viajes turísticos entradas a parques o paseos en los que se lee: Entrada $5.oo Tercera edad 4.oo; ese dólar es bastante para muchas abuelas que desean compartir con la nietecita.

Con el propósito de claridad tenemos que retroceder. Hay un rubro que se cobra llamado “Impuesto a la salida” que se volvió en algún momento un cobro por uso del terminal. Es tan abismal la diferencia entre el aeropuerto de Guayaquil, que cobraba unos 28.oo y el antiguo de Quito que ya raspaba los 60.oo, que cabildearon mucho los de Quito para que se incluya en la tarifa del pasaje y no dejar saber por qué esa vasta diferencia (la actual con Tababela no la conocemos).

El Municipio de Quito se negó a aceptar la Ley indicando que ese “es un cobro privado”; sosería sin límite, porque la Ley aplica a todo ámbito. Finalmente fue determinante el Acuerdo 006/2008 Registro Oficial N° 329 del 5 de mayo del 2008 -Consejo Nacional de Aviación Civil, Codificación de la Ley de Aviación Civil, Art. 55, que determinó: “El descuento del 50% para las personas de la tercera edad y personas con discapacidad se aplicará por parte de las líneas aéreas para todas las tarifas ofrecidas en el mercado, sean éstas regulares y/o promocionales, sin excepción, de modo que el pasajero pueda optar libremente por cualquiera de ellas.”

Por todas las antes mencionadas razones llama mucho la atención que casi todas las aerolíneas coticen, por eje.: Tarifa 1 100 incluidos impuestos y tasas / tercera edad 828, el 50% de 1 100 nos enseñaron que da un resultado de 550 ¿Para quién van los 278 de diferencia?

Leyes hay demasiadas, excesivas que no se acatan.

Se pone en aviso a las autoridades en general para que investiguen qué pasa.

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Prohibir es vedar o impedir el uso o la ejecución de una cosa. Las prohibiciones, cuando son excesivas y basadas en la intolerancia, en la irreflexión o en el abuso, y afectan a las libertades individuales, no son buenas y sus resultados, así sea a largo plazo, sin duda, serán lamentables. Poco saludables para el bienestar general.

Por eso lo mejor es el consenso. Un consenso no inducido, que no ha sido o está siendo persuadido, lo que se puede lograr de distintas maneras. Manipular la conciencia de la gente o desinformar para ganar poder, no es lo correcto. Y no aplica al uso de la libertad o al establecimiento de la justicia.

La libertad y la justicia son la antesala de la paz. Y vivir en paz, es el ideal de toda persona sensata.

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”… China y Rusia están interesados en acumular oro … para los asiáticos el oro es el dinero del pueblo, la divisa el dinero del gobierno … consideran al oro la divisa más importante … resulta interesante que China haya promovido al oro entre sus propios ciudadanos, lo que significa es que China … tiene todo el oro que desea y aún puede acceder a más a través de sus propias minas…”

No hay comentarios

  1. La verdad es que donde aprueban una ley se impone la trampa, el caso más osado y ndesprovisto de toda solidaridad es el de la energía eléctrica. Creen que descontándonos CUATRO DÓLARES en las planillas mensuales nos hacen un favor. La defensoría del pueblo debe actuar y asi terminar este abuso de la empresa que nos provee el «servicio» en la ciudad de Guayaquil

  2. No existe ningún interés gubernamental en hacer cumplir esta ley. La razón es muy clara, este grupo de personas no es politicamente atractivo. Recuerde usted que están exentos de la obligatoriedad del sufragio. Además, como usted muy bien señaló representan menos del 10%. Al contrario, al forzar a los prestadores de servicios a hacer cumplir la ley, perderían más votos de lo que podrían ganar.

  3. Simplemente hay que presentar una demanda a traves de la Defensoría del Pueblo ante la las autoridades que deben observar que los derechos adquiridos mediante decretos-ley, sean respetados. Y con el ejemplo se haga un seguimiento a estos instituciones prestadores del servicio como la Empresa Electrica Guayaquil EP, Municipio de Guayaquil, ECAPAG, etc, a ver si verdaderamente están cumpliendo lo que por obligación tienen que hacer, es no cobrar más allá del 50% de la planilla de consumos a los usuarios de la tercera edad, o lo que es lo mismo, mayores de 65 años de edad. Como en esta materia y otras esta tierra es de nadie, hay que establecer un castigo ejemplarizador a todos estos estos prestadores del servicio abusivos que no acatan las disposiciones. Mano dura es lo que se necesita, pero parece como dice el editorial, no son gentes que le interesa al gobierno ni a ningún político, por su baja productividad en votos. Es un desagravio al que ya vivió y cumplió.

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