27 abril, 2024

Accesorium sequitur principale

En una fatua conversación escuchaba a dos amas de casa decir: “aunque me divorcie, tú siempre serás mi cuñis, ese parentesco jamás se pierde”. Pensé entonces: la ignorancia es atrevida.

Antes, nuestro arcaico y obsoleto Código Civil tenía profunda influencia del Código Napoleónico, donde no existía la institución del divorcio, razón por la cual el matrimonio era “para toda la vida”. Gracias a la revolución liberal y la incorporación del Estado laico, se eliminó la indisolubilidad y perpetuidad del matrimonio y se introdujo la figura del divorcio; sin embargo, el parentesco permaneció igual hasta el año 2011, en que la Corte Constitucional declaró mediante sentencia la inconstitucionalidad de la frase “o ha estado” casada; desde entones la “afinidad es el parentesco que existe entre una persona que está casada y los consanguíneos de su marido o mujer”, es decir que la que ya no está casada no tiene más vínculo, ya no se acumulan ni cuñados, ni suegros.

Uno de los principios generales del derecho nos dice que “Accesorium sequitur principale” (lo accesorio sigue la suerte de lo principal), de tal manera que si una persona opta por el divorcio y se desliga completamente de aquella con la que tiene el vínculo legal (principal), resultaría absurdo que la ley no le permita desligarse de lo accesorio (parientes), es decir, mantenerse atada a parentela ajena, cuando con la “ex” ya no se tiene ninguna relación.

Uno de los derechos más fundamentales del ser humano es la libertad y nadie puede limitar ese derecho, a menos que se haya cometido un delito. Los errores en la elección del casamiento no pueden constituir un crimen de cadena perpetua, donde si se quiere obtener la libertad se debe probar ante un juez que la merece.

Asambleístas, hagan conciencia y copien legislaciones más de avanzada, en donde la voluntad de uno de los cónyuges es suficiente para rescindir el contrato matrimonial, pues como abogada, a lo largo de la profesión, he observado en la Corte cómo a muchos les resultó engorroso probar en juicio cómo se murió el amor, o cómo nunca existió.

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Prohibido Olvidar

No obstante el coronel de Policía César Carrión, acusado de haber participado en un supuesto intento de magnicidio el 30 de septiembre de 2010, durante los disturbios que se generaron en la revuelta policial, fue sobreseído en todas las instancias judiciales; se pretendió -a través de la acuciosa intervención de la Contraloría- hacerle pagar el valor por los daños ocasionados al Hospital, argumentando que no había asegurado dicha casa de salud policial. El coronel Carrión al momento apenas tenía dos meses de Director y el tema del seguro, en las instituciones como la Policía o FF.AA. se resuelve en instancias superiores; como si esto fuera poco, el Consejo de Generales decidió darle de baja de las filas policiales, “por atentar contra el prestigio y honor de la Policía Nacional”. La decisión del Consejo de Generales, fue calificada como “Crónica de una baja anunciada”.

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