Patrimonio Sagrado
La “Ley de Líneas de Base de Dominio Marítimo”, vigente en el Perú, establece que el límite marítimo con Chile es una línea equidistante, entre el paralelo y la perpendicular al límite costero, posición que Chile rechaza y señala que el límite marítimo se estableció en 1952 y se ratificó en Lima en 1954; estableciendo como límite marítimo, la línea del paralelo geográfico que corta el punto en que la frontera internacional terrestre llega al mar.
Los tratados tanto de 1952, firmados en Chile, como el de 1954 en el Perú fueron suscritos por Ecuador, Chile y Perú; por lo tanto, lo que sostiene Perú frente a Chile, de una u otra forma atañe al Ecuador, pese a las reiteradas declaraciones de la cancillería peruana e incluso las del Presidente Alan García “que con el Ecuador no hay ningún problema de límites”, en materia de limites no hay que descuidarse y hay que actuar con extremada prudencia. Eso no quiere decir que la demanda interpuesta en la Haya por el Perú, que reclama alrededor de 35 mil kilómetros cuadrados de jurisdicción marítima, los mismos que están bajo soberanía chilena, no sea de nuestra incumbencia, ya que los tratados firmados en Chile y Perú, el Ecuador está incluido.

