¿LA DUDA RAZONABLE EN MATERIA PENAL EN ECUADOR?
Pongamos en contexto el tema, que ya habíamos tratado en forma general. En esta ocasión, nos han pedido que al mismo análisis se incorpore el articulado aplicable que está en vigor en Ecuador.
La duda razonable es un principio fundamental del derecho penal garantista, que tiene como objetivo proteger al procesado de una condena injusta. En el contexto jurídico ecuatoriano, este principio está implícitamente contenido en la Constitución de la República del Ecuador y en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), y se articula bajo los principios del debido proceso, presunción de inocencia y legalidad penal.
1. Fundamento legal en el derecho ecuatoriano
Constitución del Ecuador
Art. 76, numerales 2 y 3:
“Toda persona se presume inocente, y será tratada como tal, mientras no se declare su responsabilidad mediante resolución firme o sentencia ejecutoriada.”
“En caso de duda sobre una norma o su aplicación, se la interpretará en el sentido más favorable a la persona procesada.”
Código Orgánico Integral Penal (COIP):
Art. 5, numeral 6 – Principio de presunción de inocencia:
“Toda persona es inocente y debe ser tratada como tal mientras no se demuestre lo contrario con prueba clara y convincente.”
Art. 632 – Valoración de la prueba:
“Los jueces y tribunales valorarán la prueba de manera libre y motivada, con sujeción a las reglas de la lógica, la sana crítica y los principios del debido proceso.”
Aunque el COIP no define expresamente el concepto de “duda razonable”, su estructura garantiza que nadie puede ser condenado si existen dudas razonables sobre su responsabilidad penal.
2. Aplicación práctica: estudio de caso
Contexto:
Un hombre, bajo los efectos del alcohol, agrede a su esposa y le causa heridas graves. Sin embargo, al percatarse del daño, él mismo la traslada a un hospital, lo que le salva la vida. En primera instancia fue acusado por intento de asesinato, pero en segunda instancia fue absuelto bajo el principio de la duda razonable.
Elementos clave para valorar la duda razonable:
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Intención (dolo) del delito de asesinato:
El intento de asesinato requiere dolo directo, es decir, la voluntad clara y consciente de matar. La conducta posterior del acusado (llevar a la víctima al hospital) entra en contradicción con esa intención, lo que genera duda razonable sobre el dolo homicida. -
Prueba de contexto y auxilio:
El auxilio prestado por el propio agresor es un hecho relevante que debilita la tesis de intento de asesinato, especialmente si se acredita que su acción evitó la muerte. -
Ausencia de prueba directa de intención de matar:
Si no existe prueba clara de que el agresor actuó con la intención de matar, y hay indicios de lo contrario, el principio in dubio pro reo obliga al tribunal a fallar a favor del acusado.
3. Conclusión doctrinaria y legal
La duda razonable no es una simple sospecha o incertidumbre subjetiva. Es una duda objetiva, razonada y lógica, basada en la insuficiencia o contradicción de las pruebas. En el sistema penal ecuatoriano, si no se demuestra la responsabilidad penal del acusado más allá de toda duda razonable, se impone la absolución.
Este principio es una garantía constitucional que protege contra errores judiciales y condenas infundadas, y que exige al Estado probar la culpabilidad con pruebas suficientes, claras y convincentes.
4. Criterio final mejorado
En el caso planteado, si bien la agresión es innegable y merece sanción bajo otro tipo penal (por ejemplo, violencia intrafamiliar), no se probó con certeza la intención de matar, elemento indispensable en un delito de tentativa de asesinato.
La acción de llevar a la víctima al hospital genera una duda razonable sobre el dolo, y, por tanto, en aplicación de los principios de presunción de inocencia y favorabilidad, el tribunal de alzada actuó correctamente al absolver al acusado.
La duda razonable es, entonces, un estándar de justicia penal que impide condenar a una persona cuando existen elementos que generan una duda razonable sobre su culpabilidad, garantizando así un sistema penal justo, equilibrado y verdaderamente humano.
