Pongamos en contexto el tema a propósito de la quema de evidencias y pruebas ordenada por una jueza en el caso de alias “Fito”, que es el nuevo distractor de las crisis ante la inercia del Gobierno y su afán de seguir ejerciendo el poder con leyes parche, diluyendo la revocatoria de la Constitución de la República, que es la única salida estructural del país.
El poder judicial ecuatoriano se debate en la peor época de podredumbre de su historia y se enfrenta a ataques mediáticos de cierta prensa, aupados por el poder del narcotráfico, como La Posta y otros medios de comunicación camuflados como plataformas privadas, que crean un ambiente de confusión y enfrentamiento entre jueces, fiscales, policía, y el nuevo distractor de la crisis hábilmente inducido en la opinión pública: la disputa entre la Asociación de Magistrados, jueces y fiscales del Ecuador, que amenaza a La Posta con juicios de difamación por haber hecho pública la actuación corrupta de varios operadores de justicia, y en especial en el caso Fito, porque afecta la imagen de la Asociación y de la administración de la Función Judicial en general.
La defensa de La Posta afirma que no es ningún delito reproducir lo que son hechos evidentes y notorios de la debacle de la administración de justicia. A leguas se evidencia que las decisiones judiciales están beneficiando a las organizaciones criminales, protegiendo los delitos cometidos por alias “Fito” y otras bandas delincuenciales que azotan al país.
Otra de las razones por las que la justicia actúa con absoluta impunidad es el silencio generalizado de la opinión pública ante la generación de miedo en la población, en completo estado de indefensión.
La Posta cita el ejemplo más emblemático en el caso Fito: el de la jueza Zoila Janeth Vélez Indacochea, de Portoviejo, quien ordenó la incineración de evidencia clave en el caso de alias “Fito”, quien se encuentra bajo seguimiento por aire, mar y tierra, con órdenes rojas de detención emitidas por la Interpol.
Las evidencias destruidas, reflejo de la podredumbre de la justicia, no están solamente en el proceso de alias “Fito”.
Solo por citar otros ejemplos del desvío de la justicia ecuatoriana y del abuso del poder judicial que protege a los GDO más recientes:
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El fiscal Rómulo Sevilla Jara solicitó prisión preventiva solo para uno de los detenidos en el caso del secuestro de la ciudadana china, cuando la víctima se hallaba desaparecida y fue hallada sin vida días después.
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El juez Juan Pablo Pulgarín Barreto otorgó medidas sustitutivas a uno de los dos secuestradores de la ciudadana china, pese a la confesión de ambos sobre su participación en el secuestro.
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El juez Luis Fabián Tapia Chacón sentenció a alias “Yuca” a 24 meses por microtráfico con suspensión temporal de la pena. Con múltiples delitos por tentativa de homicidio, asesinato y microtráfico, en diferentes procesos fue declarado inocente. ¡Increíble!
La quema de evidencias ordenada por la jueza Zoila Janeth Vélez Indacochea, que indigna a la opinión pública, incluyó:
Dinero en efectivo, teléfonos celulares, computadores, documentos societarios y bancarios, pagos de planillas en empresas fantasmas, documentos del SRI, contratos de arrendamiento de carga pesada, matrículas de vehículos de alta gama, actas de matrimonio, escrituras públicas con documentos notarizados falsificados, títulos universitarios, etc.
Criterio personal
Desgraciadamente, es la misma Constitución del Ecuador de 2008 la que otorga garantías a la delincuencia organizada y al sistema de operadores de justicia, con una serie de acciones judiciales para la supuesta protección de los derechos humanos.
Estas acciones incluyen la acción de protección, el hábeas corpus, el hábeas data, la acción por incumplimiento, la acción de acceso a la información pública y la acción extraordinaria de protección.
El abuso está en las famosas prisiones preventivas, en las rebajas de penas por colaboración eficaz, en los juzgamientos de flagrancia y, hoy, en las interceptaciones de llamadas sin orden judicial, aprobadas por la Asamblea, que permiten destruir pruebas y establecer un sistema abierto de supuesta inteligencia que no es otra cosa que espionaje informativo a todo nivel. Esto vulnera la legislación nacional y tratados internacionales de derechos humanos y de reserva de información privada.
¿Y la Corte Constitucional? Bien, gracias.
