19 enero, 2025

Cambiemos nuestra constitución desde la iniciativa de la sociedad civil

Pongamos en contexto el tema que necesita el Ecuador de suma urgencia, con el nuevo gobierno que venga en 2025.

La nueva Constitución del 2008 de Montecristi abrió muchos caminos para establecer un sinnúmero de derechos anteriormente cerrados y, en el caso de acudir a la creación de una nueva Constitución, esta no deberá contemplar un retroceso en la normativa referente a la supremacía de los derechos reconocidos y de obligatoria aplicación para cada uno de los ecuatorianos, independientemente de su edad, condición laboral, social y económica.

Esta situación de gran positivismo incluida en la Constitución del 2008 no obsta para que tenga que rectificarse terribles errores, incluso de redacción, sintaxis, estructura y técnica jurídica.

Pero hay que ir más allá, porque la Constitución que está vigente, con las reformas tibias dictaminadas por las Cortes Constitucionales, es el resultado de un proyecto a la medida de un movimiento político en decadencia moral.

¿QUÉ SECTORES DE LA CONSTITUCIÓN DEBEN REFORMARSE O CAMBIARSE?

  1. EDUCACIÓN

La Constitución permite el «derecho» a los privados a tener, crear y lucrar con cualquier tipo de establecimiento educacional mediante la «Libertad de Enseñanza». Cualquier intento por tratar de evitar el lucro de privados lo consideran inconstitucional.

  1. SALUD

La Constitución asegura la coexistencia del modelo público y no descarta el privado, permitiendo única y exclusivamente la elección entre ambos sistemas. Sin embargo, no siendo capaz de garantizar la salud como un derecho, se vuelve monopolio del MSP y del IESS.

  1. VIVIENDA

Nuestra Constitución casi nada dice acerca del derecho a vivienda. Solo permite que este derecho se transforme en otro recurso más, dejando su costo a libre regulación del mercado, acogiéndose a la «Libertad de Empresa». Por esta razón, aparece el abuso al disponer libremente, o sin control, el fijar los precios de las viviendas y la calidad que se les dé la gana.

  1. TRABAJO

La Constitución defiende la libertad de trabajar, pero no el DERECHO a trabajar. Además, protege la «libertad» sindical, pero se opone al trabajo por horas bajo el mito de la flexibilidad laboral.

  1. PENSIONES

La Constitución solo garantiza y asegura las pensiones mínimas del seguro general obligatorio y voluntario, sin revalorización de las pensiones que se generaron en sucres desde el proceso de la dolarización. Con la burocracia indolente y politizada del IESS, se pretende pasarlas a manos del mercado debido a la «Libertad de Empresa» o el modelo de las «AFP», lo que, en otras palabras, es la privatización del sistema de pensiones y de salud.

  1. MEDIOAMBIENTE

La Constitución solo protege el medioambiente cuando el responsable es un particular. Las restricciones a quienes más contaminan (empresas privadas) quedan protegidas por el Derecho de Propiedad, lo que se observa en las concesiones mineras y en la explotación ilegal.

  1. NULO CONTROL DE PRECIOS

La Constitución NO protege a los consumidores.

  1. AGUAS

Según la Constitución, las aguas son bienes nacionales de uso «público», pero las empresas privadas pueden aprovecharse libremente de ellas, ya que, por sobre el derecho de aprovechamiento de aguas, rige el Derecho de Propiedad.

  1. LA CONSTITUCIÓN ES HIPERPRESIDENCIALISTA

Basta mirar las funciones y competencias dadas al nivel central, en el artículo 261, numerales del 1 al 11 de la Constitución.

Art. 261. El Estado Central, o sea el Ejecutivo, tendrá competencias exclusivas sobre:

  1. La defensa nacional, protección interna y orden público.
  2. Las relaciones internacionales.
  3. El régimen de personas, nacionalización de extranjeros y control migratorio.
  4. La planificación nacional.
  5. Las políticas económicas: tributaria, aduanera, arancelaria, fiscal, monetaria, comercio exterior y endeudamiento.
  6. La política de educación, salud, seguridad social y vivienda.
  7. Las áreas naturales protegidas y los recursos naturales.
  8. El manejo de desastres naturales.
  9. Lo que corresponda aplicar como resultado de tratados internacionales.
  10. El espectro hidroeléctrico y el régimen de comunicaciones y telecomunicaciones, puertos y aeropuertos.
  11. Los recursos energéticos, minerales, hidrocarburos, hídricos, biodiversidad y recursos forestales.
  12. El control y administración de empresas públicas nacionales.

Ni Dios ni un ser supremo, si es que existe, podría manejar tantas competencias y funciones.

  1. EL SISTEMA ELECTORAL

Este poder del Estado no garantiza transparencia en los procesos electorales, lo que conduce a constantes apagones democráticos y burócratas eternizados en el CNE y TSE.

  1. EL CPCCS

Solo sirve el nombre, un organismo amorfo que maneja a su antojo la calificación y selección de personas en los organismos más importantes del Estado: Contraloría, Procuraduría, Superintendencias, Defensorías Públicas, del Pueblo, etc., convertidas en verdaderos peajes.

  1. EL CONSEJO DE LA JUDICATURA

Un monstruo de mil cabezas que, supuestamente, administra justicia y que en realidad es una estructura siniestra de compra-venta de jueces y fiscales de alquiler, transformando la justicia en selectiva y politizada.

EN CONCLUSIÓN

La Constitución es el problema. Está diseñada para beneficiar al poder político, para fortalecer el hiperpresidencialismo. Una nueva Constitución debe ser diseñada para poner un límite o líneas rojas al poder. Y, si de esto no son capaces, mejor sigan surgiendo a la norma de normas.

Nota: Por motivos de espacio, se dejan algunos sectores sin analizar, los cuales serán tomados en cuenta en un video si el nuevo gobierno emprende este reto.

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