19 abril, 2024

La convemar y la posición del Ecuador

Denominase territorio a la base física en que el Estado realiza su actividad. El territorio es al Estado lo que el cuerpo es al alma.

En la antigüedad, la concepción del territorio era más limitada de lo que se considera en nuestros días, pues sólo comprendía el suelo con los accidentes geográficos, ríos, lagos y mares interiores que se encontraban dentro de él.  Posteriormente al desarrollarse la navegación se consideró, parte integrante del territorio el mar que bañaba sus costas, y se decía que la soberanía llegaba hasta el alcance de la bala de cañón disparado por el cañón más poderoso. 

Esta idea fue poco a poco variando y se estacionó en una soberanía que abarcó, tres millas marinas.

Tradicionalmente el mar se había dividido en dos zonas:

  1. Altamar en donde predomina la plena libertad de navegación y de pesca, y, 
  2. Mar Territorial, o sea, la extensión de mar adyacente al del territorio del Estado sobre el cual el Estado ribereño ejerce la plenitud de la soberanía, incluso la potestad armada. 

De un modo u otro, en el Derecho Internacional vigente, el Estado ribereño sólo ejerce soberanía, por lo tanto, potestad armada, sobre su mar territorial.

A partir de la declaración Truman de l945, comenzó a extenderse la soberanía sobre la parte sumergida del territorio, hasta la profundidad de 200 brazas, zona a la que se llamó PLATAFORMA CONTINENTAL. 

Un año más tarde, el presidente argentino Juan Perón, extendió el derecho ribereño, a las aguas que llamó EPICONTINENTALES, o sea, las que cubren la plataforma continental. 

Más adelante, Chile por la proclama de González Videla, extendió su soberanía y jurisdicción a 200 millas de mar adyacente; idéntica declaración la siguió el presidente peruano Bustamante Rivera.

La Cancillería Chilena, convocó una Conferencia sobre “La Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas”, que se reunió en Santiago de Chile, el 11 de agosto de l952, con delegados de Ecuador, Chile y Perú, habiendo acreditado Colombia un observador.

La declaración de Santiago, se basó en las proclamas chilena y peruana a la que se adhirió Ecuador 

En 1966, el Presidente Clemente Yerovi Indaburu, en uno de sus primeros actos de gobierno, expidió el Decreto Supremo número 152, extendiendo a 200 millas el Mar Territorial.

Posteriormente, Estados Unidos de América y la ex – URSS, estrechamente aliados formaron un frente contra los Estados TERRITORIALISTAS, apoyando a los Estados, que sostienen un mar territorial de l2 millas y una zona económica de l88, que no es mar territorial, adoptando el nombre común de Estados PATRIMONIALISTAS.

El Derecho Internacional, no fijaba límites al mar territorial, permitiendo que cada Estado determine sus propios límites. Por lo tanto, era legal que el Ecuador haya sostenido su mar territorial en 200 millas. 

La Constitución del Ecuador en su artículo primero señala que, «El territorio es inalienable e irreductible y comprende EL MAR TERRITORIAL». 

El Perú aceptó de hecho las 200 millas, pero Chile sólo 3 millas, y ahora es opositor al mar territorial.

Por otro lado, los Estados han elaborado y codificado el nuevo Derecho del Mar en una Convención que se conoce con el nombre de CONVEMAR.  La Convención fue aprobada el 30 de abril de 1982 en Nueva York con 130 votos a favor, 17 abstenciones y 4 votos en contra, y quedó abierta a la firma de los estados el 10 de diciembre del mismo año en Montego Bay, Jamaica, entró en vigencia 14 años después el 16 de noviembre de 1994   

La delegación ecuatoriana que estuvo presidida por el Embajador Luís Valencia Rodríguez defendió los derechos de nuestro país sobre las 200 millas del mar territorial.

La Convemar señala un mar territorial de 12 millas y una zona económica exclusiva de 188 donde existe un libre tránsito de la navegación de buques de otros Estados, pero el Ecuador tiene las siguientes atribuciones:

 

  • La facultad de determinar el volumen de captura de recursos vivos, para evitar que la pesca ilimitada pueda amenazar la conservación de las especies.

 

 

  • La facultad de controlar la aplicación de las normas y los reglamentos de protección de sus recursos, incluyendo la visita, el registro, la inspección, y en el caso necesario, la detención y el juzgamiento en contra de las naves infractoras.

 

 

  • El derecho exclusivo para construir, autorizar y reglamentar la construcción de islas o plataformas artificiales en la zona económica y la plataforma continental bajo su jurisdicción.

 

 

  • La facultad para reglamentar y controlar las actividades de investigación científica en la zona económica y en la plataforma continental, reservándose el derecho de negar la autorización en caso de que se considere que los proyectos de investigación pueden causar perjuicio a los intereses del Estado costero.

 

 

  • El derecho para reglamentar y controlar la contaminación del medio marino en la zona bajo su jurisdicción”.

 

 

  • Además, con relación a Galápagos, no perderemos soberanía, ya que nuestro país tiene una posesión de larga data, al contrario, el Ecuador podría acceder a una plataforma continental, que partiendo de las islas Galápagos prácticamente se uniría con el continente extendiéndola a 350 millas marítimas 

 

El ex presidente Correa en el año 2012 se adhirió a la Convención del Mar. 

Considero, sin embargo, que se debió informar al país que al suscribir la Convemar perdíamos las 200 millas del mar territorial quedando lo referente al mar patrimonial.

Con relación a los buques chinos que se encuentran frente a Galápagos considero que debería aplicárseles los mecanismos de las Convemar para situaciones como estas. 

Los mecanismos que se debería utilizar son: solicitar una Comisión de conciliación, el denunciar a China ante el Tribunal Internacional del Derecho del mar, o demandarlo ante la Corte Internacional de Justicia, también se puede solicitar un arbitraje internacional pero el ex presidente Correa al adherirse se opuso a este mecanismo.

 Ojalá el gobierno actué, haciendo respetar nuestra soberanía ante la flota china. 

 

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1 comentario

  1. La flota china no hasuperado ellímite de las 200 millas porque sabe que si lo hace, sus naves serán confiscadas y sus tripulantes apresados. La fauna marina,en cambio, no conoce los tratados internacionales y está sucumbiendo a algún tipo de señuelo que podría ser alguna carnada apetecible para los peces o algún dispositivo sónico de última tecnología. De esta manera no necesitan acercarse al área restringida y correr riesgos innecesarios. Simplemente estarían SUCCIONANDO nuestra riqueza ictiológica.
    A veces es bueno pensar y especular en función de tecnología y soberanía.

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