28 marzo, 2024

Viaducto Sur Guayaquil: Un retroceso en la seguridad jurídica

En algún momento, el gobierno nacional, en tiempos de abundancia económica, fruto de los altos precio del barril de petróleo, el gobierno anterior pagó los estudios técnicos del Viaducto Sur Guayaquil o Puente Sur, donde con acertado criterio se presentaba un puente sobre el río Guayas de seis carriles, visión futurística, pero muy alejada a la realidad actual, debido a que su diseño de puente atirantado sería muy costoso.  Por tal motivo; hace aproximadamente dos años un inversionista privado viene gastando cuantiosas sumas de dinero para que, dentro de la ley Orgánica de Incentivos para Asociaciones Pública-Privadas (APP) promulgada en el año 2015, se acepte un rediseño más económico y hacer realidad el Viaducto Sur Guayaquil (VSG), proyecto estancado por razones económicas.

El inversionista proponente de la nueva alternativa del VSG de cuatro carriles, en lugar de seis, con estructuras técnicas similares a los puentes de la unidad nacional, logra trabajar conjuntamente con los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) para llegar a una solución viable y política a los compromisos adquiridos y no cumplidos del anterior gobierno con respecto a Guayaquil que el mismo Lenín Moreno, presidente constitucional, se compromete en la Sesión Solemne por la independencia de Guayaquil en el 2017 impulsar la obra del VSG.  En noviembre de 2017, es decir, al mes del anuncio presidencial, el mismo Lenín Moreno, a través de decreto presidencial (R.O. 207) de noviembre del 2017 donde los considerandos recalcan el derecho constitucional de acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad con eficiencia, eficacia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación; y otros considerandos donde procede la delegación presidencial de llevar adelante el proyecto VSG al MTOP a través de una resolución motivada, basada en estudios técnicos especializados que demuestren la viabilidad técnica – económica y económica de la obra propuesta.  Además de que el mismo MTOP, en mayo del 2017 había declarado la viabilidad técnica, económica y jurídica para la delegación a la iniciativa privada del proyecto VSG, por razones de conveniencia para satisfacer el interés público, decretó lo siguiente:

“Artículo 1. – Autorizar con carácter excepcional la delegación a la iniciativa privada del Proyecto “Viaducto Sur de Guayaquil”, mediante la modalidad de asociación público – privada.

Artículo 2.- El Ministerio de Transporte y Obras Públicas será el encargado de ejecutar este Decreto Ejecutivo, para lo cual otorgará la delegación, conforme a las condiciones y características específicas que se determinen en los pliegos correspondientes.”

El decreto presidencial es una orden al ministro de transporte y obras públicas para que se continúa con el trámite de la obra que incluía la evaluación de las exoneraciones de los respectivos impuestos, contemplados bajo la ley APP, por las Entidades respectivas, esto es el Servicio de Rentas Internas (SRI) y el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE) a fin de que, de ser el caso, procedan con la emisión del informe favorable sobre las exoneraciones solicitadas por el proponente privado y validen dentro de su competencia, el proceso de la iniciativa privada con respecto al VSG.  El proceso transcurrió correctamente hasta junio del 2018.

El ministerio de economía y finanzas, cuyo titular o su delegado es miembro del comité APP, para la validación final del proyecto VSG no emitió su pronunciamiento por meses.  Tal vez la falta de experiencia del nuevo ministro de economía y finanzas y/o la mala intencionalidad del burócrata capitalino, provocan que intereses creados del viejo Ecuador, que quisiéramos olvidar, se muevan en contra de las aspiraciones de Guayaquil y su área de influencia de contar con un acceso directo y más rápido del sur de la ciudad hacia el interior del país, incluyendo los puertos públicos y privados.  Al nombrar un nuevo ministro transporte y obras públicas (septiembre 20 del 2018), el mismo que logra motivar al presidente que cambie su decreto anterior por el siguiente:

“Artículo 1.- Autorizar con carácter excepcional la delegación a la iniciativa privada del Proyecto “VIADUCTO SUR DE GUAYAQUIL”, mediante una de las modalidades y condiciones establecidas en la Constitución y la Ley.

Artículo 2.- El Ministerio de Transporte y Obras Públicas será el responsable de cumplir y garantizar los procedimientos y condiciones establecidas en la Constitución y la Ley, y determinar la modalidad de delegación a la iniciativa privada que más favorezca al interés público y del Estado, así como llevar a cabo las acciones jurídicas y administrativas requeridas para el efecto.

Disposición derogatoria. –  Deróguese el Decreto Ejecutivo Nro. 207, de 09 de noviembre de 2017,

Disposición final. –  Este decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.”  Firmado el primero de octubre del presente mes.

Nótese, que con este nuevo decreto cambian radicalmente la modalidad de convocatoria a concurso público internacional mediante la modalidad de concesión de conformidad al respectivo marco jurídico y se burlan de la iniciativa privada que motivó el primer decreto presidencial, ahora derogado.  Me explico, la propuesta privada que generó cuantiosos gastos al gestor privado del VSG que motivaron la aprobación técnica, jurídica y económica por parte del MTOP por la modalidad de Asociación Pública Privada, cuya coyuntura a concurso generaría una competencia sana entre los proponentes, al existir anteproyecto evaluado que había recibido informes favorables por parte de los funcionarios responsables, documentos a disposición de los que quieran participar durante el proceso, fue reemplazada por el segundo decreto presidencial.  

De acuerdo con la Ley APP, el gestor privado tendría la última palabra en caso de que superen su propuesta.  Al no continuar el proceso vía Ley APP se está dando una señal equivocada a la inversión extranjera al cambiarse la modalidad de contratación que evita que el concurso público internacional sea altamente competitivo.  Cabe destacar que, para eso se creó la Ley APP: para atraer la inversión privada directa nacional o extranjera al país sin tantas complicaciones y con mayor transparencia.

Como era de esperarse, al día cuatro de octubre, tres días después del nuevo cambio de disposición presidencial, el flamante ministro de transporte y obras públicas, con menos de 15 días de posesionado, convoca a concurso público la construcción del VSG a través de un esquema obsoleto de concesión y condicionado en:

  • plazo del periodo de concesión: 40 años;
  • plazo del periodo de construcción: 4 años;
  • en montos donde proyectan cifras inexactas a la condicionalidad técnica;
  • estipulado que el puente sea atirantado;
  • el cobro de peaje base al limitarse en $2 para vehículos livianos; y
  • en las ganancias al estipularse posibles ganancias extraordinarias en los pliegos del concurso.

Además de que el MTOP se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento del concurso público.  

Me pregunto: ¿cuál es la finalidad del Gobierno Nacional, que se haga o no la obra?

Acaso el presidente está enterado que pudiera haber conflicto de intereses del ministro de obras públicas por ser pariente de los propietarios de la concesión del Puente Alterno Norte (PAN) y haber trabajado con ellos donde, bajo contrato de concesión de 20 años, el paso de los vehículos pesados por el PAN es obligatorio, creando jugosas utilidades a un tramo tan pequeño que debe estar generando en la actualidad alrededor de $50 mil diarios.  

No es la primera vez que los guayaquileños sufrimos retrocesos en ejecución de obras por la burocracia capitalina que hacen sus propias interpretaciones en lugar de permitir que los procesos continúen para que sea la competencia, con la mejor propuesta, venza al inversionista que arriesgo tiempo y dinero en lo que suponía que era lo mejor para el país: convocatoria a licitación bajo la modalidad de la Ley APP.

 

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Los medios de información del Ecuador cubrieron detalladamente la noticia de que el Presidente Rafael Correa Delgado recibió el Doctorado Honoris Causa de la Universidad Estatal de Buenos Aires en la visita que realizó a ese país, al respecto considero necesario realizar las siguientes reflexiones:

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5 comentarios

  1. De este Gobierno manipulado por E. Jurado y la familia del Presi y de la de G. Larrea, se puede esperar esto y más. Pero el Poder no es eterno, verdad Glas??

  2. Muy claro Bruno, los intereses económicos de unos pocos, siguen estando por encima del desarrollo económico del país!!! Por suerte el Presidente Lenin Moreno quiere un cambio, increíble!!!!

  3. Muy bien Bruno. Parece que hubieron, intereses políticos privados (talvez de Guayaquil?) que se opusieron a que se realice un segundo puente que competiria con el primero. Me hubiera gustado que la concesión fuera solamente por 20 años, que se indique que proporción del Capital iba a ser del Gobierno (es decir de todos los ecuatorianos) y que proporción capital privado. Y, finalmente que el capital de la obra no sea de un solo gurpo político q se beneficie de la liberación de los impuestos por tanto tiempo de la concesión sino que sea capital abierto para que todo los ecuatorianos puedan comprar acciones de esta compania (publico-Privada) en la Bolsa de Valores. Asi la gente se ahorra e invierte si quiere y no saca su dinero afuera. Y, si no invierte en este Proyecto, no tiene por qué quejarse u oponerse. Saludos J.Z.

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