6 octubre, 2024

Entre partos y abortos soberanos

Si algún gran aborto debemos provocar en el país, ése es el de la Constitución que se nos va a consultar. La dilapidación habría sido consumada , sí ; los fondos públicos se habrían esfumado en palabrerías y debates inútiles, es verdad ; que la imposición mayoritaria y comprometida habría fabricado un esperpento evaporando los dineros del pueblo, no cabe duda .

El viento se encargaría de llevarse tanta hojarasca , tanta vergüenza sectaria y necia . Pero , a partir de allí , a partir del momento en que declaremos que la nueva constitución NO PODRÁ NACER a la vida jurídica , vendrán mejores días.

El despilfarro que este proceso le habría significado al país, resultará anodino si comparamos con lo que hubiera sobrevenido al Ecuador con un régimen autocrático, totalitario y seudo paternalista. Además, nunca sería tarde para recomenzar, cualidad que tenemos los seres humanos aún en los peores y más adversos momentos . Pensemos, simplemente, que cesará la demagogia inútil y rencorosa; que los ecuatorianos ya no estaremos impulsados a enfrentarnos los unos con los otros ; que desaparecerá el temor de ser vilipendiado en cualquier momento y en todo escenario; y que nuestro Presidente, si se siente animado a seguir en ejercicio de sus funciones, se haría un favor a sí mismo sujetándose a la Constitución de 1998, que nunca ha sido tachada de mala y que ,irónicamente, ha sido copiada en su parte dogmática por el proyecto revolucionario.

El proyecto constitucional es falaz por todos sus costados. No me refiero al autoengaño que consiste en creer que forjaremos un Estado que lo puede hacer todo. Peor aún, que lo debe hacer todo, hasta convertirse en garante de un buen vivir, asumiendo la satisfacción de todas las necesidades que los ecuatorianos, individual o colectivamente, demuestren tener. El Estado paternal proveería los recursos, que no tiene ni tendrá, para solventar sus costos. Allí estriba la vieja estupidez histórica que, a fuerza de ser incuestionable, parecía imposible de reiterarse en las sociedades contemporáneas, las que, sin embargo, no previeron que unas resentidas minorías, agazapadas en la sombra y escondiendo sus taras ideológicas, reaparezcan para experimentar nuevos fracasos en países que servirán de torpes conejillos de indias.

Lo del autoengaño dejémoslo para otro comentario. Hoy apunto a las falacias contenidas en la redacción del proyecto, que demuestran cómo la obstinación que les domina y condiciona, guía sus mentes hasta llevarlas a ingeniarse textos con los que se pretende engatusar a un pueblo que no comulga, por ejemplo, con el aborto de las frustradas madres. Nuestro Presidente dispuso en Montecristi la lectura de un artículo en el que “se garantiza el derecho a la vida, incluido el cuidado y protección desde su concepción”. En efecto, esa declaración fue incluida , a regañadientes, tras la protesta de millares de feligreses cuyas Iglesias proscriben el aborto. “Incluyamos lo que exigen y engañémoslos de todos modos “, se habrán dicho los de Alianza País. Porque esa inclusión es sólo válida para aquellas madres que, habiendo concebido, deciden parir a sus hijos, tornando casi innecesaria la tal garantía estatal. Lo afirmo porque NO SE DIO LECTURA de la disposición que confiere expresamente a la mujer el “derecho a tomar DECISIONES LIBRES, responsables e informadas sobre su salud y vida reproductiva, Y DECIDIR CUÁNDO Y CUÁNTOS HIJOS TENER”. En otras palabras, sería de privativa incumbencia de la mujer, en ejercicio de su soberanía corporal, decidir si desea o no tener hijos, cuándo tenerlos y cuántos tener. Tales decisiones serían racionales y legítimas si formaran parte de una planificación individual o familiar previa, seguida de los cuidados y previsiones del caso. Pero ni el marido o su compañero de vida cuentan: son simples y circunstanciales reproductores. El texto consagra expresamente el derecho de la mujer a abortar, porque, de salir embarazada, podría poner bajo las narices del profesional del caso un ejemplar de la Constitución y expresarle su decisión de no tener ese hijo concebido, cualquiera que fuere el tiempo de gestación . La eventual negativa del profesional constituiría un atentado contra un derecho reconocido por la nueva Constitución a esa mujer y permitiría a ésta elevar su reclamo ante la Autoridad competente contra el pobre obstetra. El retroceso en la materia es indudable. El Estado garantizaría el ejercicio del soberano derecho de una mujer a hacer con su cuerpo lo que le venga en gana. Un derecho que legitimaría la cruel decisión de no tener un hijo, aunque se fracture su existencia.

No pretendo intervenir en el apasionante debate de fondo. Hoy me limito a desnudar la engañifa y el cinismo ideológico con que se aborda el tema. Agreden , burlándose, nuestra inteligencia y es un deber ético denunciarlo. Pero está en nuestras manos romper la trampa: digamos sólo NO.

Artículos relacionados

La transición

En las últimas décadas del siglo pasado, los candidatos presidenciales, terminaban de enemigos de los Presidentes salientes. Uno de ellos, se negó a entregarle la Banda a su sucesor. EL Congreso, tuvo […]

No hay comentarios

  1. HAN LOGRADO CONFUNDIR A MUCHA GENTE CON EL JUEGO DE PALABRAS EN LA LEY DEL ABORTO Y DE LA FAMIMIA. FELICITACIONES PACO POR TU ESTUPENDO ARTÍCULO QUE DESNUDA LA MENTIRA Y EL ENGAÑO DE ESTA LEY.

  2. Excelente analisis. La demostracion profesional de una falacia aprobada con el cinismo de la mediocridad solo sirve para señalar que como esa… existen centenas. Gracias por la leccion de derecho. A la trampa NO

  3. En el caso de una violación, evidentemente que NO HAY EJERCICIO DE DERECHO SOBRE lo que debe ser una DECISION LIBRE Y RESPONSABLE de la mujer VICTIMA. SI queda embarazada, es porque hay concepción; pues el ESTADO GARANTIZARA esa vida desde la concepción como lo establece el ART. 45; Y EL ESTADO garantiza la INVIOLABILIDAD de la VIDA (que es desde su concepción).

    En esta contradicción DEL DERECHO INDIVIDUAL frente a la garantía del ESTADO sobre la inviolavilidad de la vida. La garantía prevalece pero a favor de la defensa del propio derecho individual que en nuestro caso ha sido vulnerado. Esa defensa va ulteriormente a permitir que se
    recurra a un tribunal de justicia, sobre lo cual deberá legislarse, como ocurre en cualquier país civilizado. El ESTADO no puede por su prevalencia APEDREAR a la MUJER como parecería se pretende. La constiución NO ES ABORTIVA por lo tanto.

    Glosario:

    Persona=individuo = ser organizado con vida animal o vegetal.

    Vida=capacidad de los seres para desarrollarse y reproducirse y mantenerse en un ambiente.

  4. Art. 46.-Las niñas, los niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes del ser humano, además de los específicos de su edad. El Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción.

  5. Cuando hablan los obispos sobre la constitucion no estén hablando «ex-cathedra» o con infalibilidad. La iglesia en cuanto jerarquía tiene sus puntos de vistas que son políticos y por lo tanto NO INFALIBLES. Los católicos no están obligados a aceptarlos como ABSOLUTOS. Cuando EL PAPA BENEDICTO llegó a los EEUU hace unos meses, se entrevistó con BUSH y con los miembros del congreso y senado PERO NO LES DIJO ABSOLUTAMENTE NADA sobre un PECADO más grande que EL INFIERNO: LA GUERRA en IRAK. Comió con Bush, sus asesores, etc. y ni una sóla mención al NO MATARAS. La Guerra mata a los que tienen VIDA, a los que fueron concebidos, a quienes aspiran a tener una familia, hijos, futuro, como Ustedes, como Yo, como el más normal de los mortales; que hay del derecho de esos niños a COMER un desayuno sin escuchar el sonido de las bombas y las noticias que su padre, su hermano o su amigo ha sido asesinado por una GUERRA que repito ES PECADO.

  6. La Iglesia Católica, parte de su cúpula, en el documento que acaba de difundir no oculta los prejuicios que la han animado en el estudio de la propuesta de Constitución. Es como haber usado una lupa programada, con alarmas que debían encenderse ahí en donde buena parte del trabajo ya lo hicieron ciertos asambleístas y medios.

    Cuando nos proponen su lectura del capítulo de los derechos sexuales y reproductivos, prefieren inferir, yo diría que con bastante maña, que toda persona puede decidir cuándo y cuántos hijos ?tener? (el entrecomillado es de su cosecha), e inmediatamente nos dicen que se debe entender que esto es posible aún después de haberlos procreado, a pesar de que el documento, en ninguna parte, contiene semejante apertura. Todo para poder sumarse al absurdo y muy histriónico discurso que acusa, con zapateos, muecas y gritos destemplados, a esta Constitución de abortista. Diana Acosta y Rosanna Queirolo pueden darse por satisfechas: apostatar está bien visto por esa cúpula de la Iglesia.

    Dicen estos prelados, palabra que poco uso pero me suena, no sé por qué, apropiada para ellos, que además esta Constitución es estatista, y que este hilo conductor atraviesa a todo el documento. Bien, pueden orientar a su grey en temas morales; la familia, la única que ellos ven posible; el homosexualismo, del que tanto abominan, y del que reciben visitas; el aborto. Pero meterse en temas concretos de la política, ese juego de poder que tiene muy poco de divino, los lanza, ya sin escrúpulos, a defender historias pasadas que han expulsado a muchos seres humanos a la miseria.

    Estado escuálido es lo que tenemos desde que unos pocos, decidieron asaltarlo, acorralarlo, reducirlo hasta dejarlo sin capacidad de respuesta. Lo de Dayuma, por ejemplo, y que tuvo buena cobertura, es un reflejo de la nula existencia de ese Estado que no responde porque no tiene con qué. Proponer que asome de nuevo les llama la atención.

    Sobre esa familia, papá, mamá, hijos, perrito, que tanto defienden, negando estas otras realidades que la migración nos ha traído, podemos atestiguar, casi todos los días, de la tragedia de madres, de apenas 34 años, abandonadas por su pareja, con cinco hijos y con una sexta, de apenas tres días de nacida, a la que entregaba a un orfanato porque no podía mantener. Es mejor una escena así que aceptar la planificación familiar.

    ¿Qué, estaba escrito, en alguna parte, que así debía ser ?la vida? de la infeliz mujer? No, una sociedad no puede quedarse impávida ante estos dramas. Hay que abatir la pobreza, hay que ganarle la pelea a aquellos que son como secantes, llegada la riqueza a su nivel se la tragan, y mientras eso se intenta, los procesos toman tiempo, se deben tomar correctivos, se debe inventar otra Ley que nos sacuda de la indiferencia.

  7. Yo acepto la planificación familiar, pero no el aborto. Hay que prevenir para no lamentarnos despues.
    Y si, esta Constitución, si es abortiva porque dice que, en caso de que la madre quiera tener al niño, el Estado protegerá a ese niño desde su concepción.

  8. Observaciones para la Iglesia

    Parece difícil no admitir que las iglesias Católica y Evangélica se han constituido en actores políticos importantes de este proceso de redacción y aprobación del proyecto de nueva Constitución. Por ejemplo, en el caso concreto de la Iglesia católica, esta constituyó una Comisión de Observación para la Asamblea Constituyente (que la preside el Arzobispo Emérito de Portoviejo y uno de cuyos miembros es el Arzobispo de Guayaquil, monseñor Arregui) y sus repetidas intervenciones públicas, además, nos ahorran todo amago de duda.

    Llaman la atención, sin embargo, las intervenciones recientes de las máximas autoridades de la Iglesia católica, como cuando declaran ?innegociables? cuatro temas cuya redacción critican del proyecto de nueva Constitución, a saber: el aborto, la unión homosexual, el ?totalitarismo? estatal en materia de educación y las restricciones a la libertad religiosa. Me permito formular, con relación a estos temas, las correspondientes observaciones:

    1) En relación con el aborto, la Constitución señala que el Estado reconoce y garantiza ?la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción?. Una recta interpretación de esta frase no puede conducir, bajo ningún concepto, a la conclusión de que permite el aborto; todo lo contrario, su recta interpretación nos conduce a la conclusión de que el proyecto de nueva Constitución no solo que garantiza la vida desde la concepción (como tanto se exigía) sino que incluye, además, el cuidado y protección de esa vida. O sea, el proyecto de nueva Constitución va incluso más allá de la garantía y protección que otorga la Constitución de 1998.

    2) En relación con la unión homosexual, la redacción constitucional es muy similar a la redacción que sugirió la Conferencia Episcopal Ecuatoriana y otras entidades eclesiásticas en la comunicación que hicieron llegar a la presidencia de la Asamblea Constituyente el 1 de abril de 2008: ?La unión estable de una pareja, sin que importe su sexo u opción sexual, y en donde cada uno de sus componentes estén libres de matrimonio o vínculo similar con otra persona, generará los derechos y obligaciones que reconozca la ley. El derecho de adopción corresponde solo a las parejas de diverso sexo?. No hay aquí mucho lugar para la queja, entonces.

    3) En relación con el supuesto ?totalitarismo? estatal en materia de educación religiosa, el proyecto de nueva Constitución garantiza que ?las madres o padres o sus representantes tendrán la libertad de escoger para sus hijas e hijos una educación acorde con sus principios, creencias y opciones pedagógicas?. Salvado el incidente.

    4) En relación con las supuestas restricciones en materia de libertad religiosa el proyecto de nueva Constitución reconoce y garantiza ?el derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos. El Estado protegerá la práctica religiosa voluntaria, así como la expresión de quienes no profesan religión alguna, y favorecerá un ambiente de pluralidad y tolerancia?. Esta redacción no solo no difiere mayormente de la redacción de la Constitución de 1998 (que nunca generó este tipo de críticas) sino que no se entiende de qué manera semejante redacción constituye una restricción de la libertad religiosa.

    Ojalá sirvan estas observaciones para la precisa y profunda discusión de los criterios vertidos por la Iglesia católica, en el contexto de lo que efectivamente dice el proyecto de nueva Constitución y de la sensata interpretación del mismo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

×