24 abril, 2024

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Fuerzas Armadas en la seguridad interna

Las misiones tanto de las FF.AA. como de la Policía están claramente señaladas en la Constitución. El Art. 158 “La protección interna y mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Policía Nacional”. La palabra privativa según el diccionario de la RAE: “Propio y peculiar singularmente de alguien o algo, y no de otro”, esto aclara perfectamente la misión policial, el resto son manipulación y juego de palabras. No sólo que se está violando la Constitución, sino otras leyes, me refiero a la Ley de Seguridad Pública y del Estado, el Art. 35, que dice que una vez que el gobierno ha decretado el estado de excepción y por ende, la movilización de las FF.AA. éstas actuarán en apoyo de la Policía.

Jamás los militares han estado ajenos al control del narcotráfico, del crimen organizado, del tráfico humano, de armas, de combustibles, etc. Las FF. AA. han colaborado en labores de inteligencia para prevenir y neutralizar acciones delictivas; además, permanentemente realizan operaciones de interdicción marítima y área y vigilancia de las fronteras, espedialmente la del norte.

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