Viendo artículos de

Luis Sánchez Baquerizo

(CC) por Presidencia de la República del Ecuador - Flickr

Luego de tres años de gobierno, el oficialismo sostiene que su principal logro fue la expedición de una nueva constitución. Dicen que a diferencia de las 19 anteriores, la actual sí que satisface la demanda de la gran mayoría de ecuatorianos, y que eso, en definitiva, es bueno; unos pedían respeto a la propiedad privada, ahí la tienen junto a la garantía de la propiedad colectiva; derechos grupales y derechos individuales; el derecho al beneficio de los saberes ancestrales con la misma jerarquía que el derecho a no ser torturado.

Cuatrocientos cuarenta y cuatro artículos, sumados los muchos numerales presentes en algunos de ellos, así como los literales dentro de ciertos numerales, fueron necesarios para atrincherar los intereses de los grandes grupos históricamente marginados por esta especie de sistema feudal que pervive aún en nuestros días.

Los sistemas normativos que rigen o que deberían regir nuestra sociedad, deben encontrarse fundamentados en principios intrínsecamente correctos o buenos, que se desprendan de alguna teoría ética, y que no dependan de actos externos, como la promulgación de alguna autoridad empírica o supraempírica.

Ni siquiera el mandato divino tiene una justificación independiente de su contenido: las cosas no son buenas porque dios así lo dice, dios lo dice porque son buenas.

Los seres humanos, por el mero hecho de ser tales, son fines en sí mismos, y por ello poseen derechos morales, esto quiere decir que se tienen independientemente de su consagración en algún ordenamiento normativo positivo: los derechos morales existen aun cuando algún el Estado o comunidad no los reconozca como derechos jurídicos...

Se celebra el bicentenario del Primer Grito de “Independencia”. Hace doscientos años unos personajes pertenecientes a la elite socialsus títulos nobiliarios (marquesados) ponen en evidencia su posición aristocrática, propia de una sociedad “naturalmente” desigualitaria, obviamente autorizada por la “voluntad de divina” fueron elegidos para conformar una Junta que gobernaría interinamente a nombre del único y verdadero soberano de aquella época, el desterrado y depuesto Fernando VII de Borbón. Monarca a quien sumisamente este grupo de “notables” seguían guardando fidelidad.

Qué antinatural el gobierno de José Bonaparte, hermano del usurpador, del anticristo para algunos que no son pocos; para otros, en cambio, del Emperador Napoleón I.

Aclaremos conceptos: La distinción entre gobiernos de facto y de gobiernos de iure es absurda si se toma literalmente; todo gobierno capaz de dictar normas positivas es de facto en el sentido de que tiene el poder fáctico necesario para hacer cumplir, en general, las normas que dicta, y es de iure en el sentido de que el ejercicio de ese poder está permitido por ciertas normas jurídicas (que quizá ha dictado él mismo).

Tampoco un gobierno de iure es un gobierno constitucional, ya que un régimen de facto también puede dictar una constitución, la llame así o con otra expresión, como estatuto, acta, etc. (Validez del Derecho, Nino C.).

La democracia deliberativa es un concepto normativo, esto es, un concepto de DEBER SER, bajo los principios del liberalismo en un sentido amplio (político). Se distingue de las democracias del pasado y de las actuales, lo cual implica –obviamente- que no se describe un sistema político que estuvo o que está vigente; se propone algo nuevo. Uno de los principales exponentes de esta concepción fue el profesor Carlos Nino.

La democracia deliberativa propone la implementación de un sistema de toma de decisiones en los que prime el debate, el intercambio de ideas. El mencionado autor sostiene que la democracia, cumpliendo con ciertos requisitos, es la forma de gobierno que más se asemeja al discurso moral de la modernidad, el cual, entre otras cosas, tiene como principal objetivo la adopción del punto de vista imparcial, desde el que deben contemplarse los diferentes intereses en conflicto.

La vieja, retrógrada y supersticiosa reacción se equivocó, no era cuestión de una figura exclusiva, del carisma y voluntarismo del comandante en jefe. Él, desde hace algún tiempo, no gobierna, no interviene ni siquiera emitiendo su opinión, sin dudas estamos ante El Otoño del Patriarca.

Su hermano tomó la batuta, la represión de las libertades civiles y políticas continúa; detrás hay toda una estructura de poder. ¿Marxismo? ¿Acaso los proletarios eran explotados en las gigantescas máquinas de las fábricas durante un proceso de industrialización, como consecuencia del capitalismo, en un país netamente agrícola? ¿De qué marxismo revolución proletaria hablan en Cuba, si el campesinado de hace 50 años era propietario de mucho más que de su prole?

“El sistema procesal penal es la foto de la clase de Estado del que proviene”, esta frase se la escuché, hace casi dos años, a un profesor de la materia Tribunal Penal Internacional de la Maestría en Derecho que tuve la suerte de cursar en Argentina. No era una frase original de él, no recuerdo la fuente exacta, pero ello no obsta el propósito de este artículo.

La frase surgió dado que estábamos estudiando el caso de la instalación de los Tribunales de Nuremberg luego de la culminación de la Segunda Guerra Mundial, y uno de los nazis que no fue considerado para ser juzgado por dicho Tribunal, fue Carl Schmitt, mentor y diseñador del sistema penal Nazi que, dejando de lado el aspecto ultra persecutorio, es casi ejemplar; de hecho gran parte de su diseño se mantiene vigente. ¿Por qué existe Guantánamo? Respuesta muy pertinente.

Este 10 de diciembre de 2008 se cumplieron 60 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, para algunos es causa de celebración, para otros, muy internamente (no se atreverían a manifestarlo expresamente por cuestiones electorales), es una fecha insignificante, que conmemora la más absoluta demagogia: positivizar el derecho natural. Estos políticos piensan que los Derechos Humanos solo aumentan los costos del ejercicio del poder, eludirán, a como dé lugar, las obligaciones estatales que de estos derechos se generan.

En una de mis lecturas encontré un argumento interesante, concerniente a políticas –altamente- redistributivas diseñadas, no para la consecución de la eficiencia, sino, más bien, para la creación de un orden más justo, donde todos –sin excepción- sean poseedores de un igual derecho a la igualdad estructural de oportunidades. Recordemos que, para los fanáticos de algo así como un “derecho absoluto a la libertad” (libertarios conservadores de sus privilegios), toda política que suponga redistribución de riqueza es atentatoria de una concepción muy particular, por la apelación a juicios apriorísticos de la razón, de los derechos naturales.

El heroísmo y la traición son términos emotivos que predisponen sentimentalmente al receptor de un mensaje, pues las acciones que estas expresiones denotan son de una ambigüedad al máximo, tratan de una cuestión excesivamente subjetiva y de una importancia trascendental para la fundación de una sociedad. La reacción de una comunidad ante la presencia de un traidor determinará su sentido, su identidad. Nos sentimos parte de una comunidad cuando todo aquello que compartimos es valorado, como ciertos mínimos de decencia. Cuando se transgreden estos límites, nos vemos impulsados a rebelarnos: llegar a la situación extrema de disolver el vínculo comunitario.

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