29 marzo, 2024

Entre derechos y conquistas laborales*

Los décimos sueldos fueron creados por el legislador para complementar el ingreso económico de aquellos en situación de dependencial laboral y con algún grado de vulnerabilidad. Sin embargo, quienes no contaban con un empleo formal fueron olvidados en su momento por el parlamentario. El salario mínimo adjudicado por ley pasaba entonces a tener un valor mayor que debía ser cubierto exclusivamente por el patrono. Esa mínima remuneración, adecuada o no, dio lugar a una mal denominada conquista laboral que en la actual legislación resulta imposible eliminar debido a la supuesta regresión de derechos. Pero, ¿derechos de quiénes?

La discusión parecería erradamente centrarse en la flexibilización del número total de horas laborables por día. Si bien aquellos que poseen un trabajo podrían sentirse mal remunerados, existen 5.5 millones de ecuatorianos que carecen de un vínculo laboral formal y permanecen al margen de las decisiones políticas adoptadas por quienes detentan el poder. ¿Dónde quedaron sus derechos?

La situación es gravemente compleja y no libre de debate. El proteccionismo seguirá pregonando derechos adquiridos y conquistas laborales que no se traducirán en nuevos trabajos. ¿Hay más empleo hoy que hace 13 años? Solo la apertura comercial y la libertad económica forzarán una mayor transparencia y desplazarán las trabas propias del tercermundismo. La eliminación del salario mínimo y la implantación de un arancel mínimo y universal son parte de la solución para proporcionar trabajo a las grandes mayorías.

*Datos pre pandemia

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Hacer fraude es engañar.

Hacerlo también lo constituye el competir con engaños.

Decir que estamos viviendo un proceso electoral donde todo es democrático es una gran mentira. Estamos en un amarrado tongo donde la participación de los contendores no es igual en oportunidades. lo que se viene es una estafa tan evidente, que ya ha comenzado su cronograma de engaño antes del mismo.

La campaña previa al proceso y el día mismo de las elecciones, muestran una desigualdad de oportunidades para comunicar el pensamiento electoral de todos los candidatos.

La propaganda gubernamental, ha llenado todos los espacios en cada uno de los medios de comunicación desde el inicio de este gobierno.

Igualdad Real

Nuestra Constitución reconoce y garantiza a las personas el derecho a la “igualdad formal, igualdad material y no discriminación”, adoptando para tal efecto, medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad, pues en el Ecuador nadie puede ser discriminado por razones de discapacidad, diferencia física, ni por cualquier otra distinción que tenga como resultado el menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos.

En base a estos principios constitucionales, la Defensoría del Pueblo, el CONADIS y demás organizaciones de derechos Humanos, presentaron una Acción de Protección Constitucional en contra de dos compañías de medicina Prepagada, por la “presunta violación” a los derechos constitucionales y discriminación a un niño que padece síndrome de Down, al cual se le negó el acceso a un seguro de salud en igualdad de condiciones por padecer una preexistencia. La sentencia resultó favorable al menor de edad, declarando la misma que se le habían vulnerado sus derechos constitucionales, ordenando la reparación integral por los derechos lesionados. Las empresas demandadas apelaron la resolución.

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