29 marzo, 2024

Quimsacocha es vida y no minería

Mediante resolución del Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), el 26 de noviembre de 2014, dispuso la entrega de los formatos de formularios para la recolección de firmas de respaldo a la consulta popular de Quimsacocha, con la siguiente pregunta: “¿Está usted de acuerdo que se realicen actividades mineras en los páramos y fuentes de agua del Sistema Hidrológico Kinsakocha (Quimsacocha)?” SI_ NO_.

El 26 de agosto de 2015, la Dirección de Organizaciones Políticas, del CNE, presenta el informe favorable de las firmas presentadas, acorde a la Constitución y a la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, los peticionarios CUMPLEN con el requisitos legales para la consulta popular.

Cabe señalar que la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, en su artículo 127, dice: “La Corte Constitucional realizará un control automático de constitucionalidad de todas las convocatorias a consulta popular”; y, el artículo 103 de las misma ley, textualmente señala: “Si la Corte Constitucional no resolviera sobre la convocatoria, (…) dentro del término de veinte días siguientes a haber iniciado el respectivo control previo, se entenderá que ha emitido informe favorable”.

Al no resolver la Corte Constitucional en el término legal correspondiente, al CNE le corresponde certificar sobre este particular y proceder a la convocatoria de la consulta popular.

El Presidente Lenin Moreno, se acogió a esta misma situación para la convocatoria de la consulta del 4 de febrero de 2018; sobre el tema, dijo: “Esperamos 58 días que la Corte Constitucional se pronuncie sobre las preguntas de la consulta popular, me vi obligado a emitir los decretos 229 y 230” y recalcó: “En varios de mis mensajes anteriores pedí a la Corte Constitucional que cumpla con su obligación en los tiempos previstos. No lo hicieron, por ello, nos sujetamos al marco legal vigente”.

Fotografía: Asamblea Nacional Anti Minera

Recordemos que el domingo 2 de octubre de 2011, por primera vez en el país se llevó a cabo una consulta previa sobre explotación minera. Los habitantes de las parroquias de Victoria de Portete y Tarqui (Azuay) sufragaron para expresar si están de acuerdo con que el proyecto minero Quimsacocha pase a la fase de extracción.

De los 1500 ciudadanos registrados, votaron 1037. Un total de 958 votantes, es decir el 92,38%, respondieron con un NO a la explotación minera, 47 optaron por el SI, lo que representa el 4,53%; los votos blancos fueron 18, es decir el 1,73%; mientras que los nulos fueron 14, corresponden  al 1,35% del total de votantes. Los moradores de las citadas parroquias respondieron con una amplia mayoría por el No a la explotación minera.

El entonces presidente Rafael Correa, cuestionó y calificó de ilegal la consulta, además, en una visita realizada a Quimsacocha, con un impresionante resguardo militar y policial, manifestó, desde su particular punto de vista, que la explotación minera no afectará a la provisión de agua a la ciudad de Cuenca.

La Ley de Minería establece que “los procesos de participación ciudadana o consulta deberán considerar un procedimiento especial obligatorio a las comunidades, pueblos y nacionalidades para aquellos casos en que la exploración o la explotación minera se lleve a cabo en sus tierras y territorios ancestrales, y cuando dichas labores puedan afectar sus intereses”.

Con los antecedentes citados; la mayoría del Pleno del Consejo Nacional Electoral Transitorio (CNE-T), el 19 de noviembre de 2018; en base al informe de la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica, reconoció que el colectivo proponente contó con la legitimación democrática necesaria para impulsar un proceso de consulta popular; y que además se ha producido un dictamen previo, tácito con consecuencias afirmativas por parte de la Corte Constitucional, por lo tanto, el CNE ha convocado a consulta popular sobre Quimsacocha, la misma que se llevará a cabo, conjuntamente con las elecciones seccionales, el 24 de marzo próximo.

 

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