23 abril, 2024

¡No a la disolución de la UNE!

LA VIOLENCIA ES  EL MIEDO A LOS IDEALES DE LOS DEMÁS…” Mahatma Gandhi

¿Novedad que Correa insista en liquidar la Unión Nacional de Educadores  (UNE)? Ninguna. Lograrlo es uno de sus objetivos de la neurosis de persecución política, que sufre contra todo lo que es organización diferente a sus pretensiones. Más aun cuando sus integrantes, definitivamente, le dieron la espalda al comprender que su proyecto no pasaba de ser el típico asistencialismo populista fascistoide, desde un contexto manipulador del lenguaje comunista… Lo nuevo es que un ministro de educación, sin ningún tipo de racionalidad ni facultad jurídica para hacerlo, se permita plantear e insistir en su disolución..

Por cierto que este querer desaparecer la UNE es semejante a la pretensión de destruir la Confederación de Nacionalidades  Indígenas del Ecuador (CONAIE) y bloquear  las comunidades nativas en sus aspiraciones reivindicativas. Igual que la desaparición de los gremios profesionales y el de negarle a los sindicatos la representación de los obreros y trabajadores. ¿Es que ya olvidó el país que la intervención con policías en los colegios y “técnicamente” en las universidades  en su meta política, no era más que  la liquidación  de las organizaciones estudiantiles y las asociaciones de profesores, de trabajadores y empleados  y de padres de familia? Ojo, que para el fascismo, con cualquier nombre que se haga presente, el sumun de su conquista es desbaratar la libre organización familiar… ¿No es que, aquí, en Ecuador, el gobierno inició su pretensión, buscando terminar con las empresas familiares?

Por eso, también parte del criterio centralista del gobierno es manejar las fundaciones, asociaciones y estar alerta con las cooperativas. En gran medida este hacer ha sido durante sus 10 años de administración pública el motivo para demostrar su poder político sobre individuos e instituciones. ¿Capta amigo lector el porqué de que el gobierno, por ningún motivo, asume la responsabilidad de verdaderos diálogos, cuando de “socializar” algún argumento se trata? ¿Capta amigo lector el porqué de la negativa a dialogar con las comunidades indígenas, de manera seria, sobre el uso de sus tierras, en  cuanto a la explotación y comercialización de sus recursos no renovables?

Solo arrogancia totalitaria… Ilegal.  Ilegítima.  Anticonstitucional. ¿Qué dice la carta magna ecuatoriana? Desde el segundo párrafo del Art.1 aclara que “la soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad”. Pero, SUSTANCIALMENTE, que esta soberanía se ejerce por  “las diferentes formas de   participación directa previstas en la Constitución”. Y de éstas expresa, con definición y contundencia, su razón de ser el Art. 96, en la Sección Segunda sobre la Organización Colectiva. “Se reconocen –dice- todas las formas de organización de la sociedad, como expresión de la soberanía popular para desarrollar proceso de autodeterminación e incidir en las decisiones y políticas públicas y en el control social de todos los niveles de gobierno…”.

O sea, su contenido habla por sí solo, hasta para el más ignorante, en cuanto a que se trata de fortalecer el poder ciudadano y sus formas de expresión social. ¿No está explícito, entonces, que esto de organizarse, como individuos libres hacia el logro de un objetivo solidario es el mejor camino para impulsar, estabilizar y proyectar una sociedad democrática, lejos de toda enfermiza intemperancia dictatorial? ¿En qué quedan, además, los Derechos de libertad proclamados en el Art. 66, a menos que se hayan  escrito, con tanta pompa y sabiduría en Montecristi, solo para violarlos?

El numeral 13 de este artículo es concluyente, pues reconoce: “El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria”. Algo vinculado, de facto, al derecho a opinar y expresarse libremente, de la manera que cada quien  crea conveniente. ¿Cómo no entender que la mejor forma, en tal sentido, es la organización social, en donde es posible también la mejor contrastación dialogal?

Tal vez esto es muy lógico para ser aceptado en  los momentos sociales actuales que vive nuestro Ecuador. Momentos de odios. Momentos de miedo. Momentos de persecución. Insistimos, pese a todo con el literal d) del numeral 29 del Art. 66, que garantiza que “NINGUNA PERSONA PUEDA SER OBLIGADA A HACER ALGO PROHIBIDO O A DEJAR DE HACER ALGO NO PROHIBIDO POR LA LEY”.

Artículos relacionados

¿Falta de pruebas?

Todas las etapas de un proceso: civil, tributario, laboral, contencioso o penal, son importantes, para llegar a la verdad jurídica, o lograr del juez -por medio de la sentencia- el propósito buscado, […]

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

×