18 marzo, 2024

Por los colegios particulares del Ecuador

Y digo por los colegios de hoy, no los de esa educación “privada exclusiva o de elite” de siglos pasados, ejercida en las colonias americanas a las que solo tenían derecho los hijos de los amos y señores criollos.

Los colegios particulares del presente, a más de ser un gran aporte a la educación de los estados, es parte constitutiva de uno de los derechos del hombre, por lo que su estructura fundamental es la de propender al desarrollo de la vida nacional en la formación de sus individuos: infantes, niños y jóvenes, como seres humanos, al servicio ciudadano, con  una educación enmarcada en la  política de cada País, en relación con el mundo.

Razón por la cual, constituciones como la nuestra en su acápite interpretativo lo asentó siempre, diciendo se garantiza la  educación particular.

Y les corresponde a las instituciones gubernamentales del estado-apoyarla y en caso del Ecuador, al Ministerio de Educación con su estructura legislativa, para que dicha garantía se cumpla.

Más, algo muy importante respecto a estos Colegios, que no reciben ninguna subvención gubernamental, por lo que ha de considerárseles, la parte empresarial financiera basada en una inversión privada, cuya financiación de costos y beneficios debe ser protegida por el estado, como lo hacen en países desarrollados, donde existen desde escuelas, colegios y hasta las universidades de esta índole ¿Acaso no los son:  Harvard, Stanford, Oxford, Cambridge…?

Donde, incluso, sus sistemas de becas nacionales e internacionales, programas científicos experimentales o de cooperación social a países pobres y subdesarrollados, corresponden a sistemas arancelarios de los oferentes y  sus gobiernos respectivos.

Por otro lado, el fundamento de la educación como derecho humano, asentado en la carta universal en el art. 26 establece: 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos, sale a relucir la importancia de los colegios particulares, cuya  base empresarial está sujeta a la oferta y la demanda, lo que le da a los padres el ejercer su libre albedrío de escoger el Plantel educativo para sus hijos;  libre albedrio en el  que juegan papel importante sus alcances económicos,  como un deber que cumplir que tiene todo  ciudadano cuando se decide por un servicio privado; más aún a sabiendas que la subsistencia de los colegios particulares depende de las pensiones que pagan.

De ahí la alerta al régimen gubernamental actual que está tratando de exterminarlos con políticas asfixiantes a su economía, que distorsionan el “derecho que tiene toda persona a la educación”, fomentando el abuso y hasta la deshonestidad de ciertos padres inescrupulosos que “toman por asalto”  los servicios educativos de los Colegios particulares.

Con un llamado: A considerar los colegios particulares, dentro de la educación nacional de nuestra patria ¡Sin discrimen alguno!

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

×