25 abril, 2024

Asalto a nuestros activos continúa

El 5 de Agosto 2015 el precio del petróleo WTI cerró en $45.15 con presión hacia abajo. A estos niveles, extraer petróleo ecuatoriano ya no es rentable, al considerar el alto castigo que sufre, alrededor de $10 por barril, y el alto costo de producción (más de $35 en promedio).

A Ali el químico lo llamaron el cómico, ya que el vocero de Iraq durante la Guerra del Golfo anunciaba la derrota de EEUU, mientras las tropas americanas llegaban al pie de Bagdad. Ecuador tiene su propio Ali Baba el cómico que con petróleo de $100 no pudo manejar bien la economía, pero dice estar preparado para petróleo de $20.

El Gobierno continúa con el manejo irregular de los activos del Estado, a pesar de que la crisis económica que he advertido con años de anticipación, ahora es evidente.

Aunque esta crisis ha motivado a los ciudadanos a manifestarse en las calles, el despilfarro en propaganda falsa y festejos continúa, mientras sigue el asalto a nuestros activos, como se aprecia con la reciente «venta anticipada» de 116.640.000 barriles de petróleo a Tailandia ligada a un préstamo de $2.500 millones con interés al 6,97% por encima de la tasa Libor y que no contabilizan como deuda, como muchas otras.

El Gobierno realiza esta transacción, igual que las «ventas anticipadas» a China, sin licitación, sin transparencia, con información incompleta, por lo que son ilegales, constituyen peculado y merecen el repudio nacional.

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Una constitución común

Hace pocos días asistí como panelista a una mesa redonda donde se analizaba la posibilidad de la integración andina. Cuando se abrió el foro, se me pregunto si sería factible que los países de la región tengan una Constitución común. Esta pregunta me motivó a que realice las siguientes precisiones:

En el Derecho Internacional encontramos la posición monista. Según esta concepción, el derecho internacional posee supremacía sobre el derecho interno. Esta postura tiene como principales sustentadores a Kelsen y a Vedross.

Por otra parte, es importante anotar que en nuestra Historia Jurídica, y mucho antes que la Comunidad Europea, la Constitución ecuatoriana de 1830, en su artículo quinto, dispuso que los artículos de esta Carta Constitucional, que resultaren en oposición con el Pacto de Unión y Fraternidad, que han de celebrarse con los demás Estados de Colombia, quedan derogados para siempre.

Errado Fallo Constitucional

El terrible dictamen de la Corte Constitucional respecto a la obligación que se establece en la Ley de Equidad Tributaria que exige que, para poder litigar en contra del Estado, entiéndase SRI, CAE o cualquier ente seccional acreedor de impuestos, se debe caucionar, afianzar o garantizar con un diez por ciento del valor del reclamo a efectos de poder continuar con el proceso, establece un condicionado reconocimiento del derecho, lo que es realmente vergonzoso.

Conforme a la indicada ley, expedida en Diciembre del 2007, vigente a enero del 2008, se estableció que es necesario presentar una garantía equivalente al 10% del valor correspondiente al monto de lo que se está impugnando, como variable del antiguo y ya desechado principio tributario “solve et repeat” , pague primero y reclame después, se hace una excepción con el reclamo de pago indebido que no requiere caución.

2 comentarios

  1. Estimado Economista Sagnay:
    Estas ventas anticipadas no dejan de ser deudas que seguimos acrecentando y a futuro nos traerán duras y dolorosas consecuencias. Es lamentable que el gobierno no escuche los consejos de expertos y sabios ecuatorianos y aplique salomónicamewnte el reciclaje de sus ministros. Nadie puede negar que la crisis se refleja con este auge delincuencial que está causando temor en la ciudadanía. Pedimos a Dios que nos ayude a salir de este marasmo.

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