29 marzo, 2024

Infidelidad vs Adulterio

La última reforma al Código Civil trae novedades. Quienes no hayan cumplido 18 años de edad no podrán casarse; sin embargo, desde los 16 pueden votar. Entonces, ¿los adolescentes no son competentes para decidir sobre su propia vida, pero sí sobre la vida de millones de ecuatorianos?

El divorcio por mutuo consentimiento sigue igual, nos ponemos de acuerdo y «chao, que le vaya bonito»; la novedad está en las «causas para divorciarse», mejor dicho: divorcio por causal o litigioso.

Lo positivo, incorporar a la lista los «tratos crueles o violencia contra la mujer», y es que era inconcebible que siguieran casadas con ciudadanos que las maltratan física o psicológicamente, lo cual incluye la perturbación, amenaza, manipulación, chantaje, humillación (estás gorda, no sirves para nada, así no te conocí, inútil, bruta), aislamiento, vigilancia, hostigamiento, control de decisiones o acciones. ¡Ya era hora!

Particularmente llamó mi atención el sorpresivo cambio de la primera causal de divorcio, que hasta el informe para el segundo debate era «la infidelidad de uno de los cónyuges», la cual luego de una «profunda» discusión regresó a la que siempre existió: «el adulterio de uno de los cónyuges».

La diferencia para algunos es muy sutil. El adulterio es de fácil identificación, es la unión sexual de dos personas cuando uno o ambos están casados con otras personas. Allí no hay pierde, solo se puede divorciar por esa causal si lo encontramos casi en «pleno acto». La prueba es importante y debe ser contundente, pues los acusados suelen negarlo «hasta morir».

La infidelidad es un poco más subjetiva, un poco más amplia y se refiere a las relaciones amorosas o afectivas con parejas distintas de la oficial, entre las cuales no necesariamente existe sexo de por medio. Puede ser un coqueteo, adulación, «el arte de la seducción». Tanto es así que el propio oficialismo prefirió regresar a lo establecido en nuestro arcaico código, para que el infiel no sea inculpado «por un mensaje de texto, de WhatsApp o de Facebook». ¡Infidelidad descartada! Ojo con las redes sociales.

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1 comentario

  1. No comparto mucho en la forma que se pretende hacer la reforma por parte de la Asamblea, por lo siguiente: De existir en la Asamblea, personas que mantengan alguna relación de las que se está tratando, tornaría casi imposible que que aprueben la infidelidad como causal de divorcio. A mi manera de ver las cosas, pienso que, la reforma debe ir dirigida para efectos del divorcio, con infracciones que se puedan probar, no como el Adulterio que para probarlo lo único que falta es que el fotógrafo esté en la misma cama con la pareja. Causal de divorcio debe ser cuando un hombre o una mujer estén casados y cualquiera de los dos tengan hijos fuera del matrimonio, (por lo general el hombre)y sean estos inscritos en el Registro Civil, sería causal de divorcio, inclusive con declaratoria de daños y perjuicios causados a su cónyuge. Con esto también se evitaría que tantos hombres casados estén perseguidos por la madre de ese niño por alimentos y esté casi siempre preso y perseguido; y que los hombres se dejen de tanta promiscuidad de andar saltando de mujer en mujer sin respetar a la que Dios le dio como tal para amarse y ayudarse por toda la vida hasta que la muerte los separe.
    Lo que usted dice sobre los derechos de los menores que no cumplan 18 años, tiene mucha razón, no pueden decidir sobre su futuro, pero si sobre el futuro de todos los ecuatorianos. Como dijo alguién: !ES UNA BARBARIDAD! Además, que las autoridades no se preocupan de que los niños y niñas dejen de tener sexo en las escuelas y colegios, porque para ellos todavía no llega su oportunidad, por cuanto en vez de educarlos en que no lo deben hacer, LES REPARTEN PRESERVATIVOS, como diciendo, háganlo pero cuídense. Eso también es una » BARBARIDAD» Cuando digo esto me remito a las pruebas estadísticas que existen sobre embarazo de niñas entre 12 y 16 años en los establecimientos escolares del País.

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