5.- A fin de reducir la probabilidad de amenazas y de intentos de influir en las deliberaciones por manifestaciones masivas, la asamblea no debería reunirse en la capital del país ni en una ciudad principal. Tampoco debe permitirse que las fuerzas armadas se instalen en las proximidades.
Al gobierno lo asesoraron bien en este sentido, la construcción de la multimillonaria estructura ubicada en Montecristi y los tan apetecibles cargos en el sector público puestos a disposición de la plana mayor de las fuerzas armadas, corroboran mi hipótesis.
No obstante, la teoría que describo y analizo es normativa –deber ser-, la presente proposición se justifica únicamente en aquellos casos donde, en realidad de verdad, la deliberación entre sujetos libres (no sujetos a decisiones del buró), iguales (con la misma capacidad de incidencia en el resultado de una decisión) y racionales (conocedores de los medios para obtener los fines que se proponen -que deben ser idénticos a los de sus representados-) es el procedimiento común. Se debe mirar a la teoría –compuesta de 7 proposiciones- como un todo.
Que en Ciudad Alfaro los asambleístas de Acuerdo País no fueron libres, no cambia por el hecho de que un par de sus cuadros se hayan rebelado contra el oficialismo (para alguien que haya leído un poco de marxismo era de suponer que el interés de clase se impondría al compromiso político), además se tornó evidente esta falta de libertad cuando fueron esgrimidas absurdas excusas por parte de ciertos asambleístas, en el sentido de que el retraso en la elaboración del texto final del proyecto de constitución se debió a la cantidad de órdenes impartidas por el soberano de Carondelet (leyes, mandatos, amnistías, etc.).
Que la distribución del trabajo por mesas especializadas fue dispuesta de manera que la minoría se perpetúe como tal, demuestra la desigualdad en la capacidad de incidencia.
Finalmente, ver las barrabasadas elaboradas por los agentes constituyentes, contrariando gran parte de la teoría del derecho (derechos de naturaleza), olvidando la historia (con la caída del muro de Berlín se mostró el error del estatismo causante de una asfixiante burocratización), desconociendo el ordenamiento jurídico internacional (plenos poderes), etc., evidencian lo irracional de la deliberación constituyente, además de que su argumentación resultó ser autofrustrante y poco razonable.
Lo más grave del correísmo, en cuanto eje central del proceso constituyente, fue el fomento y promoción, mediante diversos mecanismos, del fortalecimiento de una institución completamente arcaica y propia de pueblos bárbaros, me refiero a las fuerzas armadas. Parece ser que luego de las catastróficas guerras del siglo XX, aún existen políticos que creen en el mito del Estado-Nación soberano, custodiado por las “dignísimas” fuerzas armadas.
Dejémonos de romanticismos, no existe ninguna propiedad -moralmente relevante- que diferencie a los militares de los terroristas. La única diferencia es política, la violencia más poderosa (casi siempre la del Estado) decide cuál de los dos es aceptado, los unos serán oficialmente reconocidos y legitimados por la ley (aún cuando la misma ley no sea legítima), y, los otros, serán condenados y vilipendiados, pasarán a luchar desde la clandestinidad. Dicha institución, en vez de ser tan utilizada por el buró de Alianza País (otorgándole contratos al cuerpo de ingenieros del ejército), debería ser abolida. Urge aprovechar la coyuntura actual –más allá lo que sucede en Venezuela- y aniquilar el militarismo de una vez por todas, para que, en un futuro no consentido, evitemos las nefastas consecuencias de tener a los soldados fuera de los cuarteles y dentro del gobierno.
