28 marzo, 2024

La Procuradoría y Guayaquil

La Procuraduría General del Estado de acuerdo con el artículo 214 de la actual constitución es un organismo autónomo, dirigido y representado por el Procurador General del Estado, designado para un periodo de 4 años por el Congreso Nacional, de una terna enviada por el Presidente de la República.  Por otra parte, el artículo 215 de la misma constitución será el representante judicial del Estado y podrá delegar dicha representación de acuerdo con la ley.  Deberá también reunir los requisitos exigidos para ser Ministro de la Corte Suprema de Justicia.  Al respecto creo necesario  realizar las siguientes precisiones:

  1. Como Procuradores Generales del Estado se han desempeñado distinguidos abogados de reconocido prestigio que han cumplido a cabalidad con sus funciones.
  2. Lamentablemente la Procuraduría ha sido influenciada políticamente, a tal punto, que responde más a decisiones de orden político que a razones de orden jurídico. Esta injerencia política es negativa para el eficaz desenvolvimiento de la Procuraduría, pues, en lugar de analizar profunda y en forma muy meticulosa los contratos que se le someten, se dedica más bien a buscar los argumentos de orden político, impidiendo el libre desenvolvimiento de las otras entidades.  Así por ejemplo, el Alcalde de Guayaquil ha denunciado públicamente que la oficina de Guayaquil dirigida por el Doctor Arana, habría recibido la orden de parar los contratos destinados a implementar una serie de obras destinadas al mejoramiento de Guayaquil.  No deja de causar extrañeza que entre las objeciones para detener una contratación se halla señalado que las páginas de un determinado contrato no estaban numeradas con tinta sino con lápiz.  En el supuesto de que halla ocurrido así, lo que se debió de hacer es enumerarlas ellos con tinta para coordinar toda la foliación.

    En todo caso, debe el Doctor Arana responder a tan grave acusación, pues la Procuraduría, insisto, no está diseñada para servir intereses de orden político, muchos de ellos momentáneos, sino para hacer que se cumpla la ley.

Para concluir, es importar señalar que en la Procuraduría General del Estado, así como los puestos de importancia deben ser cubiertos por hombres y mujeres de preparación académica, notable experiencia y limpia trayectoria.

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  1. Mas que un comentario es una preocupación; Carlos Estarella Velásquez en la parte final de su artículo, hace referencia de que para ocupar tan importante cargo el escogido debe ser, una persona idonea en lo académico,con experiencia y especialmente de una limpia trayectoria, para lo cual comparto 100% con él , y por eso nace mi preocupación y pregunto: ¿conoce el ariculista si el Dr. Arana no cumple con esas exigencias minimas? ; de ser así que las diga y si no las cumple pidamos, exijamos, peleemos por que lo cambien por alguien capaz, imparcial y que cumpla con esas tres mínimas pero importantes exigencias para ese cargo.

  2. Conozco que el «Doctor» Stalin Arana trabajó en el CONSEP hace varios años y su contrato no fue renovado precisamente por carecer de capacidad en el desempeño de sus ocupaciones (recorrió varios departamentos en dicha institución). Cuando salió, juró que regresaría con «poder» y parece que así lo hizo. Lo conocí personalmente cuando fuí asesor jurídico de dicha institución entre 2006 y 2007 y no me pareció que tenga la preparación suficiente par ocupar el cargo que ocupa. Los abogados nos conocemos en el medio y una cosa es la cátedra y otra cosa muy distinta es el ejercicio profesional constante en las diversas áreas del derecho.

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